Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062936)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución UE-7, cuya promotora es Construcciones y Materiales M. Valero, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros. Expte.: IA24/0543.
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NÚMERO 186
Martes 24 de septiembre de 2024
44671
RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución UE-7, cuya promotora
es Construcciones y Materiales M. Valero, SL, en el término municipal de
Villafranca de los Barros. Expte.: IA24/0543. (2024062936)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución UE-7, del término municipal de Villafranca de los Barros, se encuentra incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La promotora del proyecto
es Materiales y Construcciones M. Valero, SL.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto ejecutar la urbanización de la unidad de ejecución
UE-7 de Villafranca de los Barros como parte del Programa de Ejecución para la transformación urbanística de la misma. Los elementos que formarán parte del proyecto son los
siguientes: Trazado y diseño de vialidad, obras de explanación y pavimentación, incluyendo
sendas peatonales, pavimentación de aceras, calzadas en vías rodadas y muros de contención, escolleras y taludes. Se ejecutarán las infraestructuras necesarias para el abastecimiento y distribución del agua, así como de saneamiento y alcantarillado, energía eléctrica,
alumbrado público y red de telecomunicaciones.
Una vez terminada la urbanización de la UE-7, cuya zona de actuación comprende exactamente la delimitada por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Villafranca de los
Martes 24 de septiembre de 2024
44671
RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución UE-7, cuya promotora
es Construcciones y Materiales M. Valero, SL, en el término municipal de
Villafranca de los Barros. Expte.: IA24/0543. (2024062936)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución UE-7, del término municipal de Villafranca de los Barros, se encuentra incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La promotora del proyecto
es Materiales y Construcciones M. Valero, SL.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto ejecutar la urbanización de la unidad de ejecución
UE-7 de Villafranca de los Barros como parte del Programa de Ejecución para la transformación urbanística de la misma. Los elementos que formarán parte del proyecto son los
siguientes: Trazado y diseño de vialidad, obras de explanación y pavimentación, incluyendo
sendas peatonales, pavimentación de aceras, calzadas en vías rodadas y muros de contención, escolleras y taludes. Se ejecutarán las infraestructuras necesarias para el abastecimiento y distribución del agua, así como de saneamiento y alcantarillado, energía eléctrica,
alumbrado público y red de telecomunicaciones.
Una vez terminada la urbanización de la UE-7, cuya zona de actuación comprende exactamente la delimitada por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Villafranca de los