Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062939)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de almacenamiento y gestión de residuos de chatarra y metales, cuyo promotor es Santiago Pujol García, en el término municipal de Segura de León. Expte.: IA23/0722 (de la AAU 23/030).
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 186

44689

Martes 24 de septiembre de 2024

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 14 de
noviembre de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las
Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la
tabla adjunta. Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas
interesadas que han emitido respuesta.
RELACIÓN DE ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS

RESPUESTAS RECIBIDAS

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

X

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

X

Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio

X

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Ayuntamiento

X

Ecologistas en Acción

-

ADENEX

-

SEO BIRD/LIFE

-

AMUS

-

Ecologistas Extremadura

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Greenpeace

-

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
— Informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de 21
de noviembre de 2023, en el que se informa que no se ha recibido en esta DGBAPC
documentación sobre posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección
del proyecto, no obstante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar la siguiente medida correctora,
contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura: “Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con
valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán
inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de
los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la
Consejería de Cultura”.