Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
44385
quien se haga cargo de los trabajos y los costes derivados de las modificaciones que sea
necesario acometer en su Intranet propia y en su Centro de Control para recibirlos.
6.1.6. De acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima, contribuir en los años siguientes de vigencia de este Convenio con la cantidad necesaria para que, junto con la cantidad
aportada anualmente por el CSN, se cubra el gasto total anual derivado de la operación,
mantenimiento, reposición, y recepción de datos de las estaciones de su red automática.
Esta cantidad será abonada a la Universidad de Extremadura, conforme a lo establecido en
el punto 6.1.4.
6.2. E
l Consejo de Seguridad Nuclear se compromete a:
6.2.1. Gestionar, facilitar y colaborar en los trabajos necesarios para mantener la conexión
de los centros de supervisión y control del CSN y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que garanticen la recepción de los datos de las estaciones automáticas de la Red de
Vigilancia Radiológica Ambiental y su Unidad Móvil de la Junta de Extremadura en el CSN y
de los datos de las estaciones automáticas de la REA del CSN de Herrera del Duque y Badajoz, en el Centro de Control de la Junta de Extremadura Centro Hispano-Luso de Redes
de Alerta Temprana ALERTA2.
6.2.2. Garantizar la remisión continua y compatible de los datos procedentes de las estaciones de la REA situadas en Herrera del Duque y Badajoz al centro de supervisión y
control de las estaciones de la Junta de Extremadura ALERTA2, con el nivel de fiabilidad
que corresponde a las características de los sistemas de operación y gestión de aquellas
estaciones.
6.2.3. Informar a la Junta de Extremadura sobre el estado operativo de las estaciones de
la REA de Herrera del Duque y Badajoz e informar previamente sobre cualquier cambio
técnico u operativo en la REA que puedan afectar a estas estaciones. Así mismo, el CSN
informará a la Junta de Extremadura de cualquier circunstancia que pueda afectar al funcionamiento o a los valores registrados por su red.
Los cambios se realizarán de mutuo acuerdo y no afectarán a la operatividad ni a la información que reciba la Junta de Extremadura en virtud del presente Convenio.
6.2.4. Asesorar técnicamente a los responsables de la operación y gestión de las estaciones de vigilancia radiológica de la Junta de Extremadura en temas relacionados con el
funcionamiento de estas estaciones.
6.2.5. Financiar el coste de adquisición de los equipos y los gastos de su primera instalación cuando sean necesarios para la conexión de la referida Red de Vigilancia Radiológica
Lunes 23 de septiembre de 2024
44385
quien se haga cargo de los trabajos y los costes derivados de las modificaciones que sea
necesario acometer en su Intranet propia y en su Centro de Control para recibirlos.
6.1.6. De acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima, contribuir en los años siguientes de vigencia de este Convenio con la cantidad necesaria para que, junto con la cantidad
aportada anualmente por el CSN, se cubra el gasto total anual derivado de la operación,
mantenimiento, reposición, y recepción de datos de las estaciones de su red automática.
Esta cantidad será abonada a la Universidad de Extremadura, conforme a lo establecido en
el punto 6.1.4.
6.2. E
l Consejo de Seguridad Nuclear se compromete a:
6.2.1. Gestionar, facilitar y colaborar en los trabajos necesarios para mantener la conexión
de los centros de supervisión y control del CSN y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que garanticen la recepción de los datos de las estaciones automáticas de la Red de
Vigilancia Radiológica Ambiental y su Unidad Móvil de la Junta de Extremadura en el CSN y
de los datos de las estaciones automáticas de la REA del CSN de Herrera del Duque y Badajoz, en el Centro de Control de la Junta de Extremadura Centro Hispano-Luso de Redes
de Alerta Temprana ALERTA2.
6.2.2. Garantizar la remisión continua y compatible de los datos procedentes de las estaciones de la REA situadas en Herrera del Duque y Badajoz al centro de supervisión y
control de las estaciones de la Junta de Extremadura ALERTA2, con el nivel de fiabilidad
que corresponde a las características de los sistemas de operación y gestión de aquellas
estaciones.
6.2.3. Informar a la Junta de Extremadura sobre el estado operativo de las estaciones de
la REA de Herrera del Duque y Badajoz e informar previamente sobre cualquier cambio
técnico u operativo en la REA que puedan afectar a estas estaciones. Así mismo, el CSN
informará a la Junta de Extremadura de cualquier circunstancia que pueda afectar al funcionamiento o a los valores registrados por su red.
Los cambios se realizarán de mutuo acuerdo y no afectarán a la operatividad ni a la información que reciba la Junta de Extremadura en virtud del presente Convenio.
6.2.4. Asesorar técnicamente a los responsables de la operación y gestión de las estaciones de vigilancia radiológica de la Junta de Extremadura en temas relacionados con el
funcionamiento de estas estaciones.
6.2.5. Financiar el coste de adquisición de los equipos y los gastos de su primera instalación cuando sean necesarios para la conexión de la referida Red de Vigilancia Radiológica