Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
44387
y en su caso de los datos de las estaciones de la Red Automática REVIRA de Herrera del
Duque y de Badajoz en la Junta de Extremadura.
6.3.4. Informar tanto a la Junta de Extremadura como al CSN sobre el estado operativo
de las estaciones automáticas radiológicas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura pertenecientes tanto al CSN como a la propia Junta de Extremadura y sobre los
valores medidos por el conjunto de estaciones.
6.3.5. Si se detecta alguna anomalía radiológica, se deberá informar de forma inmediata
tanto a la Junta de Extremadura como al CSN. En cualquier caso, durante los meses de junio y de noviembre de cada una de las anualidades que abarca el convenio, la Universidad
de Extremadura preparará una memoria de actuaciones realizadas en la que se incluirán,
entre otros, datos sobre el seguimiento de las estaciones, evolución de los datos a lo largo
del tiempo y cuantos extremos sean necesarios para conocer la situación radiológica en la
Comunidad Autónoma, memoria que será remitida dentro de los 10 primeros días de los
meses de julio y diciembre respectivamente a los coordinadores de la Junta de Extremadura y CSN, designados en la cláusula Cuarta de este Convenio
6.3.6. Garantizar la remisión continua y compatible de los datos procedentes de las estaciones automáticas de la Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Junta de Extremadura a la Sala de Emergencias (Salem) del CSN, con el nivel de fiabilidad que corresponde
a las características de los sistemas que contiene esa red.
6.3.7. Dado que la financiación aportada está cofinanciada por el Fondo FEDER, la Universidad de Extremadura tendrá en cuenta lo dispuesto en el Anexo III, de este Convenio, en
cuanto a las obligaciones a cumplir.
6.3.8. Se deberá cumplir lo establecido en el Titulo IV, Capítulo III Visibilidad, transparencia y comunicación del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión
de Fronteras y la Política de Visados.
6.4. Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan:
La vigencia plena del protocolo técnico de comunicación entre la Sala de Emergencias del
CSN (Salem) y el Centro Logístico de la Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Junta
de Extremadura que incluye el procedimiento de activación de la unidad móvil de vigilancia
Lunes 23 de septiembre de 2024
44387
y en su caso de los datos de las estaciones de la Red Automática REVIRA de Herrera del
Duque y de Badajoz en la Junta de Extremadura.
6.3.4. Informar tanto a la Junta de Extremadura como al CSN sobre el estado operativo
de las estaciones automáticas radiológicas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura pertenecientes tanto al CSN como a la propia Junta de Extremadura y sobre los
valores medidos por el conjunto de estaciones.
6.3.5. Si se detecta alguna anomalía radiológica, se deberá informar de forma inmediata
tanto a la Junta de Extremadura como al CSN. En cualquier caso, durante los meses de junio y de noviembre de cada una de las anualidades que abarca el convenio, la Universidad
de Extremadura preparará una memoria de actuaciones realizadas en la que se incluirán,
entre otros, datos sobre el seguimiento de las estaciones, evolución de los datos a lo largo
del tiempo y cuantos extremos sean necesarios para conocer la situación radiológica en la
Comunidad Autónoma, memoria que será remitida dentro de los 10 primeros días de los
meses de julio y diciembre respectivamente a los coordinadores de la Junta de Extremadura y CSN, designados en la cláusula Cuarta de este Convenio
6.3.6. Garantizar la remisión continua y compatible de los datos procedentes de las estaciones automáticas de la Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Junta de Extremadura a la Sala de Emergencias (Salem) del CSN, con el nivel de fiabilidad que corresponde
a las características de los sistemas que contiene esa red.
6.3.7. Dado que la financiación aportada está cofinanciada por el Fondo FEDER, la Universidad de Extremadura tendrá en cuenta lo dispuesto en el Anexo III, de este Convenio, en
cuanto a las obligaciones a cumplir.
6.3.8. Se deberá cumplir lo establecido en el Titulo IV, Capítulo III Visibilidad, transparencia y comunicación del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión
de Fronteras y la Política de Visados.
6.4. Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan:
La vigencia plena del protocolo técnico de comunicación entre la Sala de Emergencias del
CSN (Salem) y el Centro Logístico de la Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Junta
de Extremadura que incluye el procedimiento de activación de la unidad móvil de vigilancia