Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062946)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024

44369

— El encargado del tratamiento será responsable del uso y protección de la información
del responsable que le haya sido proporcionada, así como de los perjuicios ocasionados
al responsable en los casos en los que la seguridad de la información hubiera sido comprometida.
— Se podrá transmitir única y exclusivamente la información estrictamente necesaria para
que el encargado del tratamiento autorizado pueda llevar a cabo su cometido.
— La información sólo podrá ser transmitida a los destinatarios autorizados, que han
de estar unívocamente identificados, y por medios que garanticen la identidad del
destinatario.
— En la transmisión de la información se deben aplicar mecanismos que imposibiliten el
acceso a ella por parte de otras entidades no autorizadas. Igualmente en el almacenamiento de la información en dispositivos portátiles o extraíbles se deben aplicar mecanismos que imposibiliten dichos accesos.
J) Protección del equipamiento informático.
En todo aquel equipamiento informático propiedad del encargado en el cual se almacene,
procese o desde el que se acceda a información del responsable, el encargado deberá
aplicar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad
y disponibilidad de dicha información. Al menos, el encargado debe aplicar las siguientes
medidas de seguridad:
— Protección contra código malicioso: todos los equipos deben contar con programas antivirus y de protección ante software malicioso (malware) actualizados de forma automática y permanente.
— Control de acceso: todos los equipos deben disponer de medidas que aseguren el acceso
sólo por parte del personal autorizado.
— Bloqueo de terminales: no deben dejarse los terminales desatendidos sin antes haber
bloqueado la sesión de usuario con el fin de evitar accesos no autorizados. El bloqueo
automático tras un periodo de inactividad también debe estar activado.
— Actualización de sistemas: todo el equipamiento informático debe estar al día con las
últimas actualizaciones y parches de seguridad disponibles.
— Salvaguarda de la información: se han de implementar mecanismos de copia de seguridad y recuperación en aquella información del responsable.