Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062925)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro de gestión de residuos de Hierros Los Zamoranos, SL, en el término municipal de Coria.
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NÚMERO 184
44234
Viernes 20 de septiembre de 2024
13. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial
son los siguientes:
RESIDUO
Lodos de fosas sépticas
Mezclas de residuos municipales
LER
CANTIDAD
MÁX
PREVISTA
(kg/año)
20 03 04
10.000
20 03 01
100
ORIGEN
Vehículos al final de su vida
útil descontaminados
Residuos asimilables a
urbanos
14. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO
LER
CANTIDAD
MÁX
PREVISTA
(kg/año)
13 05 07*
1.000
ORIGEN
Agua aceitosa procedente de separado- Aguas aceitosas procedentes
res de agua/sustancias aceitosas
del separador de hidrocarburos
15. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada
que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
16. E
l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos
generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo
los residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se
lleve a cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
17. E
l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.
18. L
os residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
44234
Viernes 20 de septiembre de 2024
13. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial
son los siguientes:
RESIDUO
Lodos de fosas sépticas
Mezclas de residuos municipales
LER
CANTIDAD
MÁX
PREVISTA
(kg/año)
20 03 04
10.000
20 03 01
100
ORIGEN
Vehículos al final de su vida
útil descontaminados
Residuos asimilables a
urbanos
14. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO
LER
CANTIDAD
MÁX
PREVISTA
(kg/año)
13 05 07*
1.000
ORIGEN
Agua aceitosa procedente de separado- Aguas aceitosas procedentes
res de agua/sustancias aceitosas
del separador de hidrocarburos
15. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada
que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
16. E
l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos
generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo
los residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se
lleve a cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
17. E
l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.
18. L
os residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.