Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024081488)
Anuncio de 11 de septiembre de 2024 por el que se somete a información pública el plan de restauración para la solicitud de prórroga de la concesión de explotación de recursos de la Sección C) denominada "Consuelo 2", n.º 06C11870-20, en el término municipal de Campanario (Badajoz).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 184
Viernes 20 de septiembre de 2024
Número de bancos
3
Altura media de banco
4m
Volumen de explotación
108.450 m3
Periodo de explotación
30 años, incluida la restauración.
44288
Maquinaria de operación minera (pala excavadora, volqueInfraestructuras, instalaciones y equipos te, banqueadores, máquina de hilo diamantado), polvorines, zona de acopio de bloques.
Uso final del suelo propuesto tras la
rehabilitación
Uso ganadero.
Residuos mineros inertes
Tipología de residuos mineros
LER 01 01 02 Residuos de la extracción de minerales no
metálicos
LER 01 05 04 Lodos y residuos de perforaciones que contienen agua dulce.
Instalaciones de residuos mineros
Clasificación de las instalaciones de
residuos mineros
IRM Escombrera 1-2 (X: 272.771 /Y:4.301.038)
IRM Escombrera 3 (X: 273.005 / Y: 4.300.974)
No categoría A.
Propuesta de resolución al plan de restauración: A la vista de la documentación aportada,
el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable del
plan de restauración presentado, incluido su plan de gestión de residuos, condicionado a la
adaptación de su contenido a los requisitos legales exigibles, a las alegaciones que puedan
estimarse en el presente trámite de información pública y a los informes o condicionados que
emitan los organismos consultados.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de la prórroga de la concesión de explotación de recursos de la sección C) “Consuelo 2”, n.º 06C1187020, y del plan de restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se
modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes 20 de septiembre de 2024
Número de bancos
3
Altura media de banco
4m
Volumen de explotación
108.450 m3
Periodo de explotación
30 años, incluida la restauración.
44288
Maquinaria de operación minera (pala excavadora, volqueInfraestructuras, instalaciones y equipos te, banqueadores, máquina de hilo diamantado), polvorines, zona de acopio de bloques.
Uso final del suelo propuesto tras la
rehabilitación
Uso ganadero.
Residuos mineros inertes
Tipología de residuos mineros
LER 01 01 02 Residuos de la extracción de minerales no
metálicos
LER 01 05 04 Lodos y residuos de perforaciones que contienen agua dulce.
Instalaciones de residuos mineros
Clasificación de las instalaciones de
residuos mineros
IRM Escombrera 1-2 (X: 272.771 /Y:4.301.038)
IRM Escombrera 3 (X: 273.005 / Y: 4.300.974)
No categoría A.
Propuesta de resolución al plan de restauración: A la vista de la documentación aportada,
el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable del
plan de restauración presentado, incluido su plan de gestión de residuos, condicionado a la
adaptación de su contenido a los requisitos legales exigibles, a las alegaciones que puedan
estimarse en el presente trámite de información pública y a los informes o condicionados que
emitan los organismos consultados.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de la prórroga de la concesión de explotación de recursos de la sección C) “Consuelo 2”, n.º 06C1187020, y del plan de restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se
modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.