Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. (2024062909)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se modifica la Resolución de 5 de julio de 2023 por la que se determinan los requisitos no monitorizables para determinadas intervenciones de desarrollo rural basadas en superficie de las recogidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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NÚMERO 183
44151
Jueves 19 de septiembre de 2024
Intervención
Descripción línea
Descripción RQNM
Comprobación uso legal de agua de riego
Zonas con Limitaciones Naturales
Verificar sistema de explotación secano
(declarado y SIGPAC) se corresponde en
campo
Intervención 6613_02
Zonas con limitaciones naturales significativas (zona 2)
Evidencias de signos de pastoreo
Control reforzado de agricultor activo en
personas jurídicas
Conteo/Identificación de Animales
Comprobación uso legal de agua de riego
Zonas con Limitaciones Naturales
Intervención 6613_03
Zonas con limitaciones específicas
(zona 3)
Verificar sistema de explotación secano
(declarado y SIGPAC) se corresponde en
campo
Evidencias de signos de pastoreo
Control reforzado de agricultor activo en
personas jurídicas
Conteo/Identificación de Animales
Segundo. La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, surtirá efectos
desde el momento de su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial de
Extremadura según lo establecido en dicho artículo 15, punto 10, y al amparo de lo dispuesto
por el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante esta Dirección General o ante la
persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta
de Extremadura en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 10 de septiembre de 2024.
El Director General de Política Agraria
Comunitaria,
JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO
44151
Jueves 19 de septiembre de 2024
Intervención
Descripción línea
Descripción RQNM
Comprobación uso legal de agua de riego
Zonas con Limitaciones Naturales
Verificar sistema de explotación secano
(declarado y SIGPAC) se corresponde en
campo
Intervención 6613_02
Zonas con limitaciones naturales significativas (zona 2)
Evidencias de signos de pastoreo
Control reforzado de agricultor activo en
personas jurídicas
Conteo/Identificación de Animales
Comprobación uso legal de agua de riego
Zonas con Limitaciones Naturales
Intervención 6613_03
Zonas con limitaciones específicas
(zona 3)
Verificar sistema de explotación secano
(declarado y SIGPAC) se corresponde en
campo
Evidencias de signos de pastoreo
Control reforzado de agricultor activo en
personas jurídicas
Conteo/Identificación de Animales
Segundo. La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, surtirá efectos
desde el momento de su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial de
Extremadura según lo establecido en dicho artículo 15, punto 10, y al amparo de lo dispuesto
por el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante esta Dirección General o ante la
persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta
de Extremadura en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 10 de septiembre de 2024.
El Director General de Política Agraria
Comunitaria,
JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO