Extremadura Avante, Slu. Retribuciones. (2024081487)
Anuncio de 12 de septiembre de 2024 por el que se da publicidad a la aprobación de las tablas retributivas del personal de Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e indirectamente.
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NÚMERO 183
Jueves 19 de septiembre de 2024
44173
EXTREMADURA AVANTE, SLU
ANUNCIO de 12 de septiembre de 2024 por el que se da publicidad a la
aprobación de las tablas retributivas del personal de Extremadura Avante,
SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e
indirectamente. (2024081487)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (en adelante LPGCAEx para 2024) en su título II “De los gastos
de personal y otros costes”, capítulo I “De los regímenes retributivos”, artículo 14 “Variación
general de retribuciones”, apartado 1, autorizaba un incremento de las retribuciones íntegras
del personal de la Asamblea de Extremadura, de la Administración de la comunidad Autónoma
y de sus Organismos Autónomos, Universidad y demás entes en los términos permitidos por
el Estado con respecto de los niveles aprobados para el ejercicio 2023.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26
de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias
económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan
medidas urgentes en materia fiscal, energética y social (en adelante RD-ley), publicado en el
Boletín oficial del Estado de 27 de junio de 2024, previa deliberación del Consejo de Ministros
en reunión de 25 de junio de 2024, establece lo siguiente:
“En el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo
19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto
por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento
retributivo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024”.
Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 16 de julio de 2024,
se acordó efectuar el incremento indicado a tenor de las referidas normas jurídicas, con un
incremento retributivo global para el ejercicio 2024 del 2%.
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico, este Director General, adopta la siguiente decisión:
Dar publicidad de las tablas retributivas del ámbito de Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e indirectamente, aprobadas el 2 de
agosto de 2024 por la Dirección General de Extremadura Avante, SLU, que permanecerán
Jueves 19 de septiembre de 2024
44173
EXTREMADURA AVANTE, SLU
ANUNCIO de 12 de septiembre de 2024 por el que se da publicidad a la
aprobación de las tablas retributivas del personal de Extremadura Avante,
SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e
indirectamente. (2024081487)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (en adelante LPGCAEx para 2024) en su título II “De los gastos
de personal y otros costes”, capítulo I “De los regímenes retributivos”, artículo 14 “Variación
general de retribuciones”, apartado 1, autorizaba un incremento de las retribuciones íntegras
del personal de la Asamblea de Extremadura, de la Administración de la comunidad Autónoma
y de sus Organismos Autónomos, Universidad y demás entes en los términos permitidos por
el Estado con respecto de los niveles aprobados para el ejercicio 2023.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26
de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias
económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan
medidas urgentes en materia fiscal, energética y social (en adelante RD-ley), publicado en el
Boletín oficial del Estado de 27 de junio de 2024, previa deliberación del Consejo de Ministros
en reunión de 25 de junio de 2024, establece lo siguiente:
“En el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo
19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto
por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento
retributivo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024”.
Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 16 de julio de 2024,
se acordó efectuar el incremento indicado a tenor de las referidas normas jurídicas, con un
incremento retributivo global para el ejercicio 2024 del 2%.
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico, este Director General, adopta la siguiente decisión:
Dar publicidad de las tablas retributivas del ámbito de Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e indirectamente, aprobadas el 2 de
agosto de 2024 por la Dirección General de Extremadura Avante, SLU, que permanecerán