Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2024062902)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales para incrementar el número de plazas financiadas durante 2024 para personas mayores en situación de dependencia.
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NÚMERO 182
Miércoles 18 de septiembre de 2024

44098

PROTECCIÓN DE DATOS
Se le informa que los datos facilitados en la presente solicitud, dirigida a la Consejería de Salud y Ser­
vicios Sociales, se tratarán de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos.
Persona titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Avenida de las Américas, 2 2.ª planta 06800 Mérida Teléfono 924002330.
Correo electrónico: sgeneral@salud-juntaex.es
Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es
Finalidad con las que vamos a gestionar sus datos personales:
Tramitación de los expedientes de transferencias concedidas a las entidades locales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en relación al Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios
residenciales para incrementar el número de plazas financiadas durante 2024 para personas mayores
en situación de dependencia.
Legitimación:
La legitimación para el tratamiento reside en el ejercicio de poderes públicos y en el cumplimiento de
una obligación legal del Responsable del Tratamiento (artículo 6.1 c) y e) del RGPD).
Plazo de conservación de los datos:
Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
La información será conservada de forma indefinida hasta el cese de la relación del interesado con la
Administración y se conservarán con fines de investigación histórica o fines estadísticos de acuerdo con
la normativa vigente.
Finalizado el expediente y los plazos legalmente previstos en la normativa aplicable, los datos serán
trasladados al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa vigente.
Destinatarios de cesiones y transferencias:
Para aquellos procedimientos tramitados en SEDE Electrónica de la Junta de Extremadura, los datos re­
copilados que puedan servir para la realización de comunicaciones a los interesados estarán disponibles
conforme a lo regulado en la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más Ágil en la C.A. de
Extremadura, mediante su cesión a la Base de Datos Administrados, cuyo Responsable de Tratamiento
es la persona titular de la Consejería competente sobre la citada SEDE.
— Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.