Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062888)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Majochefa, SL, en el término municipal de Barcarrota.
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NÚMERO 181
Martes 17 de septiembre de 2024

43861

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el
proyecto de explotación porcina, cuya titular es Majochefa, SL, en el término
municipal de Barcarrota. (2024062888)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 23 de febrero de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la ampliación de
explotación porcina de producción en régimen intensivo en el término municipal de Barcarrota (Badajoz) y promovida por Majochefa, SL, con CIF: B-80413123 y domicilio en plaza de
Portugal, n.º 7, CP 06001 de Badajoz.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de producción
en régimen intensivo con capacidad de 334 reproductoras y 8 verracos. Esta actividad está
incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 106, 188, 202 y 203 del polígono 15, del término
municipal de Barcarrota, con una superficie de 188 ha. Las instalaciones se ubicarán en la parcela 106. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 1 de mayo de 2024 en la página web del órgano ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 91, de 13 de mayo de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 3 de mayo de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Barcarrota, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3
de marzo.
A fecha actual no se ha recibido contestación a la referida solicitud.