Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2024050154)
Orden de 2 de septiembre de 2024 por la que se convoca el XIX Concurso Regional de Ortografía (categoría de Bachillerato) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 180
43636
Lunes 16 de septiembre de 2024
4. L
a resolución de concesión de los premios será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
5. El premio se abonará en un solo pago mediante transferencia bancaria. Antes de proceder
al pago el órgano gestor comprobará que el premiado se encuentra al corriente con sus
obligaciones con la Hacienda Autonómica. A tal efecto, podrá autorizar a la Administración
de la Comunidad Autónoma para recabar el certificado correspondiente. Dicha autorización
no es obligatoria. Caso de no prestarla deberá aportar el citado documento a requerimiento
del órgano gestor.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta al titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar
cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente
orden.
Disposición final segunda. Recursos.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Podrán también interponer directamente, en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el
interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 2 de septiembre de 2024.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO
43636
Lunes 16 de septiembre de 2024
4. L
a resolución de concesión de los premios será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
5. El premio se abonará en un solo pago mediante transferencia bancaria. Antes de proceder
al pago el órgano gestor comprobará que el premiado se encuentra al corriente con sus
obligaciones con la Hacienda Autonómica. A tal efecto, podrá autorizar a la Administración
de la Comunidad Autónoma para recabar el certificado correspondiente. Dicha autorización
no es obligatoria. Caso de no prestarla deberá aportar el citado documento a requerimiento
del órgano gestor.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta al titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar
cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente
orden.
Disposición final segunda. Recursos.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Podrán también interponer directamente, en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el
interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 2 de septiembre de 2024.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO