Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. Elección De Plazas. (2024062837)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba la relación de plazas que se ofertan y se establece el procedimiento para la elección de las mismas por los aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso convocado por Resolución de 20 de diciembre de 2022, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Licenciados Especialista en Ciencias de la Salud, en la categoría de Facultativo Especialista de Área en Medicina Física y Rehabilitación, Neumología, Neurocirugía, Neurofisiología Clínica y Oncología Radioterápica, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 176
Martes 10 de septiembre de 2024
43272
Tercero. Los aspirantes que han superado el proceso selectivo y acreditado que reúnen los
requisitos exigidos en la convocatoria por encontrarse su puntuación dentro del número total
de plazas ofertadas, incluidos aquéllos aspirantes que de acuerdo con la base 9.2 fueron obligados adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, deberán
cumplimentar la elección de plazas electrónicamente a través del Portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud (https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/),
siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el anexo II.
En el formulario de elección de plazas generado, deberá aparecer relacionadas por orden de
preferencia las plazas solicitadas con expresión literal de los códigos consignados en cada
plaza o código de los centros hospitalarios en su caso. El formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma.
No se aceptarán elecciones de plazas realizadas en papel, siendo exclusivamente válidas las
gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada
anteriormente.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar
su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de
plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
Cuarto. La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario
de elección.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta
resolución.
Cada aspirante relacionado deberá optar, como mínimo, por idéntico número de plazas que el
número de orden de elección asignado. En el supuesto de las personas aspirantes de reserva
con un número de orden de elección superior al número de plazas ofertadas, deberán consignar todas las plazas ofertadas por el orden de preferencia que consideren.
Perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo los aspirantes
que, pudiendo hacerlo por el orden de puntuación obtenida, no soliciten plaza en el plazo y
forma establecidos en esta resolución.
Martes 10 de septiembre de 2024
43272
Tercero. Los aspirantes que han superado el proceso selectivo y acreditado que reúnen los
requisitos exigidos en la convocatoria por encontrarse su puntuación dentro del número total
de plazas ofertadas, incluidos aquéllos aspirantes que de acuerdo con la base 9.2 fueron obligados adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, deberán
cumplimentar la elección de plazas electrónicamente a través del Portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud (https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/),
siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el anexo II.
En el formulario de elección de plazas generado, deberá aparecer relacionadas por orden de
preferencia las plazas solicitadas con expresión literal de los códigos consignados en cada
plaza o código de los centros hospitalarios en su caso. El formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma.
No se aceptarán elecciones de plazas realizadas en papel, siendo exclusivamente válidas las
gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada
anteriormente.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar
su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de
plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
Cuarto. La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario
de elección.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta
resolución.
Cada aspirante relacionado deberá optar, como mínimo, por idéntico número de plazas que el
número de orden de elección asignado. En el supuesto de las personas aspirantes de reserva
con un número de orden de elección superior al número de plazas ofertadas, deberán consignar todas las plazas ofertadas por el orden de preferencia que consideren.
Perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo los aspirantes
que, pudiendo hacerlo por el orden de puntuación obtenida, no soliciten plaza en el plazo y
forma establecidos en esta resolución.