Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Expropiaciones. (2024040172)
Decreto 106/2024, de 3 de septiembre, por el que se declara urgente la ocupación por el Excelentísimo Ayuntamiento de Trasierra (Badajoz) de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) y concentración de vertidos en el municipio de Trasierra".
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NÚMERO 175
43157
Lunes 9 de septiembre de 2024
En fecha 7 de marzo de 2024 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la
mencionada obra.
En fecha 12 de marzo de 2024 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada “Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) y concentración de vertidos en el municipio de Trasierra”,
habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito a que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de
su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24
de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el
carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta
de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 3 de
septiembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo primero. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se
declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Trasierra (Badajoz) de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución
de la obra denominada “Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) y
concentración de vertidos en el municipio de Trasierra (Badajoz)”.
Artículo segundo. Su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, así como notificar
dicho acuerdo al Ayuntamiento de Trasierra (Badajoz).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación
o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que
pudiera interponerse.
Mérida, 3 de septiembre de 2024.
El Consejero de Presidencia,
Interior y Diálogo Social,
La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
ABEL BAUTISTA MORÁN
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
43157
Lunes 9 de septiembre de 2024
En fecha 7 de marzo de 2024 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la
mencionada obra.
En fecha 12 de marzo de 2024 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada “Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) y concentración de vertidos en el municipio de Trasierra”,
habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito a que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de
su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24
de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el
carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta
de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 3 de
septiembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo primero. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se
declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Trasierra (Badajoz) de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución
de la obra denominada “Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) y
concentración de vertidos en el municipio de Trasierra (Badajoz)”.
Artículo segundo. Su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, así como notificar
dicho acuerdo al Ayuntamiento de Trasierra (Badajoz).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación
o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que
pudiera interponerse.
Mérida, 3 de septiembre de 2024.
El Consejero de Presidencia,
Interior y Diálogo Social,
La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
ABEL BAUTISTA MORÁN
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN