Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024062818)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Resolución de 3 de abril de 2023 por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Bloggers Energías Renovables, SL, para la instalación fotovoltaica "PR 3", ubicada en el término municipal de Mérida (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/78/20.
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NÚMERO 174
Viernes 6 de septiembre de 2024

43097

RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2024, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se modifica la Resolución de 3 de abril de 2023
por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Bloggers
Energías Renovables, SL, para la instalación fotovoltaica "PR 3", ubicada en
el término municipal de Mérida (Badajoz), e infraestructura de evacuación de
energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/78/20. (2024062818)
Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Bloggers
Energias Renovables, SL, con CIF B90397464 y domicilio social en c/ Espaldillas 7, n.º 8,
41500 Alcalá de Guadaira (Sevilla), en relación con la modificación de las características de la
instalación de referencia, se exponen los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fechas 3 y 17 de abril de 2023 se dictaron Resoluciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa
(publicada en DOE número 73, de fecha 18 de abril de 2023) y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica “PR3”, ubicada en término municipal de Mérida
(Badajoz), y sus infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas, expediente
GE-M/78/20.
Segundo. Con fecha de registro de entrada de 9 de noviembre de 2023, D. Miguel Somé
Domínguez, en nombre y representación de la sociedad Bloggers Energías Renovables, SL,
presentó solicitud de modificación de la autorización administrativa previa de la instalación de
referencia, con motivo de la modificación de la línea de evacuación subterránea, planteando
evacuación en zanja independiente, en lugar de zanja compartida; acompañando a dichos
efectos adenda correctora al proyecto de la planta y la infraestructura de evacuación.
Tercero. Analizada la documentación aportada, esta Dirección General considera que las
modificaciones propuestas no se ajustan al punto 2, apartado f), del artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, considerando, por tanto, la necesidad de modificar la autorización administrativa previa concedida.
Visto lo anterior, y a los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, y el artículo 125 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió a
información pública la modificación de la autorización administrativa previa, finalizando dicho
trámite con fecha 18 de enero de 2024, habiéndose recibido alegaciones presentadas por D.ª
Rosario Moreno Solano. Dichas alegaciones fueron contestadas por el promotor de la instalación, y por esta Dirección General, una vez realizadas las oportunas valoraciones al respecto.