Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062780)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de almazara en el término municipal de Arroyo de San Serván, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales. Expte.: IA24/0661.
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NÚMERO 171
Martes 3 de septiembre de 2024
42610
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de almazara en el término municipal de Arroyo de San Serván, cuya
promotora es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales. Expte.:
IA24/0661. (2024062780)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de almazara a ubicar en la parcela 1 del polígono 6 del término municipal de
Arroyo de San Serván, es encuadrable en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el anexo II, Grupo
2.a) “Instalaciones para la elaboración de grasas y aceites vegetales y animales” de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La promotora del proyecto es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, con CIF
F06012355 y domicilio social en c/ Encarnación, s/n., de la localidad de Arroyo de San Serván.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto la construcción de una almazara con una capacidad
de producción de aceite de 60 T/día. Contempla una capacidad de molturación de aceitunas
de 4.000.000 kg/año, y una capacidad de procesado de alperujos de 30.000 t/año (80% de
Martes 3 de septiembre de 2024
42610
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de almazara en el término municipal de Arroyo de San Serván, cuya
promotora es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales. Expte.:
IA24/0661. (2024062780)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de almazara a ubicar en la parcela 1 del polígono 6 del término municipal de
Arroyo de San Serván, es encuadrable en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el anexo II, Grupo
2.a) “Instalaciones para la elaboración de grasas y aceites vegetales y animales” de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La promotora del proyecto es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, con CIF
F06012355 y domicilio social en c/ Encarnación, s/n., de la localidad de Arroyo de San Serván.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto la construcción de una almazara con una capacidad
de producción de aceite de 60 T/día. Contempla una capacidad de molturación de aceitunas
de 4.000.000 kg/año, y una capacidad de procesado de alperujos de 30.000 t/año (80% de