Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062782)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de planta de producción de gas natural renovable para su inyección en la red gasista, promovido por Turn2x Asset CO II Extremadura, SLU, en el término municipal de Miajadas.
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NÚMERO 171
42636
Martes 3 de septiembre de 2024
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad industrial son los siguientes:
RESIDUO
Absorbentes, materiales de filtración,
trapos de limpieza y ropas protectoras
distintos de los especificados en el código 15 02 02.
Metales ferrosos
ORIGEN
CÓDIGO
LER (1)
Tratamiento de gases: Filtro de
gas/separador de humedad.
Tratamiento de gases: Gel de
sílice con agente secante.
12 ud/año
15 02 03
Tratamiento de gases: Gel de
sílice (dry beads).
Operaciones de mantenimiento.
CANTIDAD
ANUAL
9 litros/4
meses
40 kg/año
16 01 17
18 kg/año
19 09 04
6 ud/año
19 09 05
960 litros/
año
19 09 99
12 ud/año
Papel y cartón desechados
20 01 01
Ocasional
Sensores de análisis de gases.
Operaciones de mantenimiento.
20 01 36
12 ud/año
Plásticos.
Residuos plásticos desechados
20 01 39
Ocasional
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a urbanos
20 03 01
Ocasional
Carbón activo usado (filtro de agua)
Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas.
Tratamiento de agua para uso
industrial.
Filtro de agua usado.
Papel y cartón
Equipos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados
en los códigos 20 01 21, 20 01 23 y
20 01 35
3. La generación de cualquier otro residuo, no mencionado en esta autorización, deberá ser
comunicada a la DGS, a fin de evaluar la gestión más adecuada que deberá llevar a cabo
el titular de la autorización ambiental integrada (TAAI).
4. Antes del inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se
harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización
o eliminación.
5. Los residuos generados se entregarán a gestores autorizados para el tratamiento de los
residuos, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de residuos establecida por la Ley
7/2022, de 8 de abril.
6. H
abrán de notificar a la DGS cualquier cambio que pretendan llevar a cabo en relación con
la gestión y/o gestores autorizados de sus residuos.
7. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en
42636
Martes 3 de septiembre de 2024
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad industrial son los siguientes:
RESIDUO
Absorbentes, materiales de filtración,
trapos de limpieza y ropas protectoras
distintos de los especificados en el código 15 02 02.
Metales ferrosos
ORIGEN
CÓDIGO
LER (1)
Tratamiento de gases: Filtro de
gas/separador de humedad.
Tratamiento de gases: Gel de
sílice con agente secante.
12 ud/año
15 02 03
Tratamiento de gases: Gel de
sílice (dry beads).
Operaciones de mantenimiento.
CANTIDAD
ANUAL
9 litros/4
meses
40 kg/año
16 01 17
18 kg/año
19 09 04
6 ud/año
19 09 05
960 litros/
año
19 09 99
12 ud/año
Papel y cartón desechados
20 01 01
Ocasional
Sensores de análisis de gases.
Operaciones de mantenimiento.
20 01 36
12 ud/año
Plásticos.
Residuos plásticos desechados
20 01 39
Ocasional
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a urbanos
20 03 01
Ocasional
Carbón activo usado (filtro de agua)
Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas.
Tratamiento de agua para uso
industrial.
Filtro de agua usado.
Papel y cartón
Equipos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados
en los códigos 20 01 21, 20 01 23 y
20 01 35
3. La generación de cualquier otro residuo, no mencionado en esta autorización, deberá ser
comunicada a la DGS, a fin de evaluar la gestión más adecuada que deberá llevar a cabo
el titular de la autorización ambiental integrada (TAAI).
4. Antes del inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se
harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización
o eliminación.
5. Los residuos generados se entregarán a gestores autorizados para el tratamiento de los
residuos, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de residuos establecida por la Ley
7/2022, de 8 de abril.
6. H
abrán de notificar a la DGS cualquier cambio que pretendan llevar a cabo en relación con
la gestión y/o gestores autorizados de sus residuos.
7. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en