Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024062798)
Extracto de la XII convocatoria de ayudas Leader en el Valle del Ambroz EDLP 2014-2020 para proyectos productivos en referencia a inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
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NÚMERO 170
42482
Lunes 2 de septiembre de 2024
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente normativa reguladora aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 75.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda máxima será del 55 % de la inversión y con el límite máximo de 22.000,00 € y tendrán
consideración de mínimis.
Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda
máxima será de un 50 % de la inversión y 20.000,00 € por proyecto, no teniendo consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 1 mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 8 de agosto de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
42482
Lunes 2 de septiembre de 2024
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente normativa reguladora aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 75.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda máxima será del 55 % de la inversión y con el límite máximo de 22.000,00 € y tendrán
consideración de mínimis.
Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda
máxima será de un 50 % de la inversión y 20.000,00 € por proyecto, no teniendo consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 1 mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 8 de agosto de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ