Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2024040171)
Decreto 99/2024, de 27 de agosto, por el que se declara Proyecto Empresarial de Interés Autonómico al proyecto presentado por la empresa CC Green And Sustainable, SL, para la puesta en marcha de un centro de datos neutro en carbono de última generación, en el término municipal de Cáceres.
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NÚMERO 170
Lunes 2 de septiembre de 2024

42371

2º) Vocales:


— La persona titular de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital.



— La persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.



— La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.



— La persona titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.



— La persona titular de la Secretaría General de Empleo de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital.

3º) Secretaría:


— La persona titular del Servicio de Régimen Jurídico y Normativa, de la Secretaría
General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.

Quinto. Revocación de la calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico.
La calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico sería revocada si concurriese
alguna de las circunstancias siguientes:
1. I ncumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en el decreto de calificación del
proyecto como PREMIA.
2. I ncumplimiento reiterado por el interesado de su deber de información a la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico sobre el desarrollo del proyecto.
3. I nactividad del interesado por más de tres meses en cuanto a la realización de trámites
necesarios para la ejecución del proyecto.
4. O
 tras causas sobrevenidas que, a juicio del Comité de Seguimiento de Inversiones, revelen
la inviabilidad en el desarrollo del proyecto.
Sexto. Vigencia.
El presente decreto producirá efectos desde la fecha de su otorgamiento por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura. No obstante, el mismo deberá ser objeto de publicación
en el Diario Oficial de Extremadura.