Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024040139)
Decreto 88/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la consolidación de las personas trabajadores autónomas de Extremadura, a través de una mayor profesionalización de sus negocios, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 169
Viernes 30 de agosto de 2024
42138
se adapten a la situación y necesidades de sus negocios, lo cual dificultaría en gran medida la
posibilidad de poder analizar un análisis comparativo de las solicitudes a través de un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva.
Por tanto, las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando en la
cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios establecidos
en este Decreto, dentro del límite de la disponibilidad presupuestaria.
Séptimo. Solicitudes.
1. El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del
presente decreto, junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará
una vez transcurridos dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en
el DOE.
2. Las solicitudes, que irán dirigidas a la Dirección General de Empresa, serán cumplimentadas conforme al modelo normalizado establecido en el anexo I, a la que se debe acompañar
la siguiente documentación:
a) Memoria en la que se describa la trayectoria de la actividad que ha venido desarrollando
la persona trabajadora autónoma, cuales son los objetivos a alcanzar con el proyecto,
los tipos de servicios profesionales que se van a llevar a cabo, identificándose la persona profesional experta que va a desarrollar el proyecto y la experiencia de la misma en
la materia, todo ello conforme al modelo que se establece en el anexo II del presente
decreto.
En el caso en el que el solicitante no autorice expresamente en el formulario de solicitud de
la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:
b) Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
c) Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Copia de la declaración de IRPF (modelo 100) presentado ante la Agencia Tributaria,
correspondiente al ejercicio fiscal cerrado, anterior a la presente convocatoria.
f) Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que
se encuentra dada de alta la empresa solicitante.
Viernes 30 de agosto de 2024
42138
se adapten a la situación y necesidades de sus negocios, lo cual dificultaría en gran medida la
posibilidad de poder analizar un análisis comparativo de las solicitudes a través de un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva.
Por tanto, las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando en la
cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios establecidos
en este Decreto, dentro del límite de la disponibilidad presupuestaria.
Séptimo. Solicitudes.
1. El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del
presente decreto, junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará
una vez transcurridos dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en
el DOE.
2. Las solicitudes, que irán dirigidas a la Dirección General de Empresa, serán cumplimentadas conforme al modelo normalizado establecido en el anexo I, a la que se debe acompañar
la siguiente documentación:
a) Memoria en la que se describa la trayectoria de la actividad que ha venido desarrollando
la persona trabajadora autónoma, cuales son los objetivos a alcanzar con el proyecto,
los tipos de servicios profesionales que se van a llevar a cabo, identificándose la persona profesional experta que va a desarrollar el proyecto y la experiencia de la misma en
la materia, todo ello conforme al modelo que se establece en el anexo II del presente
decreto.
En el caso en el que el solicitante no autorice expresamente en el formulario de solicitud de
la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:
b) Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
c) Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Copia de la declaración de IRPF (modelo 100) presentado ante la Agencia Tributaria,
correspondiente al ejercicio fiscal cerrado, anterior a la presente convocatoria.
f) Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que
se encuentra dada de alta la empresa solicitante.