Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sequías. Medidas Excepcionales. Notificaciones. (2024081390)
Anuncio de 26 de agosto de 2024 sobre notificación de resolución relativa a la concesión de ayudas para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal, olivar y viña de secano, así como a titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura, establecidas en el artículo 6 del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo.
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NÚMERO 169
Viernes 30 de agosto de 2024
42238
ANUNCIO de 26 de agosto de 2024 sobre notificación de resolución relativa
a la concesión de ayudas para la financiación de préstamos a titulares de
explotaciones agrícolas de cereal, olivar y viña de secano, así como a titulares
de explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola
radicadas en Extremadura, establecidas en el artículo 6 del Decreto-ley
3/2023, de 17 de mayo. (2024081390)
En el capítulo VI (“Financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal
de secano, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino,
porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura”) del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo,
por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias
afectadas por la sequía (DOE n.º 96, de 22 de mayo de 2023), y establece la convocatoria
única de las ayudas directas consistentes en la subsidiación total de intereses de préstamos
formalizados por personas titulares de determinadas explotaciones agrarias.
El apartado 6.7 del artículo 6 del citado decreto-ley dice que todos los actos, así de trámite
como resolutorios, se notificarán a las personas interesadas a través de la plataforma Laboreo. Asimismo, el apartado 9.6 dice que cuantas notificaciones deban realizarse de actos de
trámite o definitivos, se realizarán a través de medios electrónicos, estando obligadas las
personas interesadas a su diligente consulta.
Al texto íntegro de las comunicaciones tendrán acceso en el Portal oficial de la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible en el entorno Laboreo de dicho portal,
https://laboreo.juntaex.es/, mediante sus claves principales.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible o ante el órgano que dicta esta resolución, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución
en el DOE, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta
que contra la resolución de recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo,
salvo recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 26 de agosto de 2024. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, JOSÉ
MARÍA GUERRERO PÉREZ.
Viernes 30 de agosto de 2024
42238
ANUNCIO de 26 de agosto de 2024 sobre notificación de resolución relativa
a la concesión de ayudas para la financiación de préstamos a titulares de
explotaciones agrícolas de cereal, olivar y viña de secano, así como a titulares
de explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola
radicadas en Extremadura, establecidas en el artículo 6 del Decreto-ley
3/2023, de 17 de mayo. (2024081390)
En el capítulo VI (“Financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal
de secano, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino,
porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura”) del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo,
por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias
afectadas por la sequía (DOE n.º 96, de 22 de mayo de 2023), y establece la convocatoria
única de las ayudas directas consistentes en la subsidiación total de intereses de préstamos
formalizados por personas titulares de determinadas explotaciones agrarias.
El apartado 6.7 del artículo 6 del citado decreto-ley dice que todos los actos, así de trámite
como resolutorios, se notificarán a las personas interesadas a través de la plataforma Laboreo. Asimismo, el apartado 9.6 dice que cuantas notificaciones deban realizarse de actos de
trámite o definitivos, se realizarán a través de medios electrónicos, estando obligadas las
personas interesadas a su diligente consulta.
Al texto íntegro de las comunicaciones tendrán acceso en el Portal oficial de la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible en el entorno Laboreo de dicho portal,
https://laboreo.juntaex.es/, mediante sus claves principales.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible o ante el órgano que dicta esta resolución, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución
en el DOE, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta
que contra la resolución de recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo,
salvo recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 26 de agosto de 2024. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, JOSÉ
MARÍA GUERRERO PÉREZ.