Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2024062771)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2024.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 168
Jueves 29 de agosto de 2024

42060

PROTECCIÓN DE DATOS
Se le informa que los datos facilitados en el presente documento correspondiente a la Consejería de Salud y Servicios Sociales, se tratarán de conformidad con lo establecido en el
Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (EU) de 27 de abril de 2016 y Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
Responsable: Persona titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Avda. de las América, 4, 06800 Mérida (Badajoz)
Correo electrónico: sg.servsociales@salud-juntaex.es
Teléfono de contacto: 924.00.59.42.
Finalidad con las que vamos a gestionar sus datos personales.
Tramitación de los expedientes de transferencias concedidas a las entidades locales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación al Programa de Colaboración Económica
Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales en
entidades locales de Extremadura 2024.
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de
archivos y documentos. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
Otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o
una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de
la obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las
excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.