Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024062773)
Extracto de la 13.ª convocatoria pública de ayudas bajo metodología Leader en el periodo 2014-2020 en Monfragüe y su entorno para inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
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NÚMERO 168
42002
Jueves 29 de agosto de 2024
bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación
de desarrollo rural 2014-2020.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 18 de noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 20.000,00 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el anexo I del Tratado, la ayuda máxima será del 60 % de la inversión y con el límite máximo de 200.000,00 € y tendrán
consideración de mínimis.
Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el anexo I del Tratado, la ayuda
máxima será de un 50 % de la inversión y con el límite máximo de 200.000,00 €, no teniendo
consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será 1 mes, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 8 de agosto de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
42002
Jueves 29 de agosto de 2024
bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación
de desarrollo rural 2014-2020.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 18 de noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 20.000,00 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el anexo I del Tratado, la ayuda máxima será del 60 % de la inversión y con el límite máximo de 200.000,00 € y tendrán
consideración de mínimis.
Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el anexo I del Tratado, la ayuda
máxima será de un 50 % de la inversión y con el límite máximo de 200.000,00 €, no teniendo
consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será 1 mes, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 8 de agosto de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ