Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062764)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Red de media tensión para dotación de suministro eléctrico a explotación agroganadera", a realizar en el término municipal de Llerena, cuya promotora es Asesoramiento Veterinario Márquez, SL. Expte.: IA23/1524.
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NÚMERO 167
Miércoles 28 de agosto de 2024

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— Con fecha de 24 de abril de 2024, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que el proyecto no conlleva afección sobre
el patrimonio arqueológico conocido. No obstante, y como medida preventiva de cara
a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar la medida
correctora indicada en su informe, que se incluirá en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 24 de abril de 2024, el Servicio de Urbanismo emite informe en el que
indica que en el término municipal de Llerena se encuentra actualmente vigente el Plan
General Municipal, aprobado definitivamente por Acuerdo de 24 de febrero de 2022, de
la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicado en el
DOE n.º 145, de 28 de julio de 2022.
En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
corresponde al Municipio de Llerena realizar el control de legalidad de las actuaciones,
mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso
corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al resto de
legislación aplicable.
— Con fecha de 3 de junio de 2024, el Servicio de Ordenación del Territorio emite informe
en el que indica que a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de
Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo
y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo,
no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan
Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial
de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional)
de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019. Si bien, actualmente se halla
en redacción el Plan Territorial de La Campiña, por Resolución de 5 de febrero de 2024,
de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en cuyo ámbito territorial se
incluye el término municipal de Llerena, y que establecerá una nueva regulación cuando
se apruebe definitivamente.
— Con fecha de 10 de junio de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que la actividad solicitada se localiza fuera de
la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas. Este Servicio informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre