Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062744)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, cuya titular es Beatriz Domínguez Iglesias, en el término municipal de Caminomorisco.
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NÚMERO 165
41681
Lunes 26 de agosto de 2024
2. A
plicación de las mejores técnicas disponibles:
— Para reducir el nitrógeno total excretado y las emisiones de amoniaco, y satisfacer al
mismo tiempo las necesidades nutricionales de los animales, deberán utilizar una estrategia nutricional y una formulación de piensos que permitan reducir el contenido de
proteína bruta de la alimentación, y administrar una alimentación multifase dependiendo de los diferentes requisitos nutricionales según la etapa productiva.
— Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera de cada nave, deberá adoptarse
una técnica o una combinación de técnicas que permitan su reducción en, al menos, un
60 % con respecto a la técnica de referencia
(*)
.
Las técnicas de referencia para la reducción de emisiones de amoniaco en la nave, son las que se identifican en el
“Código marco de buenas prácticas agrarias para reducir las emisiones de amoníaco CEPE/ONU (ECE/EB.AIR/120)”
del UN Economic and Social Council de 7 febrero 2014.
(*)
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas
1. L
as principales emisiones líquidas y sus respectivos focos de emisión serán los siguientes:
EMISIÓN
FOCO DE EMISIÓN
Lixiviados
Estercolero y, en menor medida, naves de engorde, durante el almacenamiento del estiércol mezclado con la cama.
Aguas de limpieza
Naves de engorde, durante las tareas de limpieza de las naves de engorde tras
la salida de los animales para sacrificio y la retirada del estiércol y de la cama.
2. N
inguna de las emisiones indicadas en el apartado anterior se podrán verter ni directa ni
indirectamente al dominio público hidráulico. Las aguas de limpieza vendrán recogidas en
fosa estanca cuyas características y capacidad vienen recogidas en el punto d.4 y en el
anexo I de la presente resolución.
3. L
as aves permanecerán en todo momento en las naves de engorde de la instalación, cuyas
paredes y soleras deberán ser impermeables para evitar infiltraciones, y el estiércol mezclado con la cama será gestionado conforme a lo establecido en el apartado - a - “Tratamiento y gestión del estiércol”.
4. P
ara el almacenamiento de las aguas de limpieza de la nave de engorde y lixiviados del
estercolero se construirá una fosa estanca. A estos efectos, la fosa deberá:
— Ser impermeable y cerrada para evitar infiltraciones o vertidos que pudieran contaminar
las aguas subterráneas o superficiales.
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Lunes 26 de agosto de 2024
2. A
plicación de las mejores técnicas disponibles:
— Para reducir el nitrógeno total excretado y las emisiones de amoniaco, y satisfacer al
mismo tiempo las necesidades nutricionales de los animales, deberán utilizar una estrategia nutricional y una formulación de piensos que permitan reducir el contenido de
proteína bruta de la alimentación, y administrar una alimentación multifase dependiendo de los diferentes requisitos nutricionales según la etapa productiva.
— Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera de cada nave, deberá adoptarse
una técnica o una combinación de técnicas que permitan su reducción en, al menos, un
60 % con respecto a la técnica de referencia
(*)
.
Las técnicas de referencia para la reducción de emisiones de amoniaco en la nave, son las que se identifican en el
“Código marco de buenas prácticas agrarias para reducir las emisiones de amoníaco CEPE/ONU (ECE/EB.AIR/120)”
del UN Economic and Social Council de 7 febrero 2014.
(*)
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas
1. L
as principales emisiones líquidas y sus respectivos focos de emisión serán los siguientes:
EMISIÓN
FOCO DE EMISIÓN
Lixiviados
Estercolero y, en menor medida, naves de engorde, durante el almacenamiento del estiércol mezclado con la cama.
Aguas de limpieza
Naves de engorde, durante las tareas de limpieza de las naves de engorde tras
la salida de los animales para sacrificio y la retirada del estiércol y de la cama.
2. N
inguna de las emisiones indicadas en el apartado anterior se podrán verter ni directa ni
indirectamente al dominio público hidráulico. Las aguas de limpieza vendrán recogidas en
fosa estanca cuyas características y capacidad vienen recogidas en el punto d.4 y en el
anexo I de la presente resolución.
3. L
as aves permanecerán en todo momento en las naves de engorde de la instalación, cuyas
paredes y soleras deberán ser impermeables para evitar infiltraciones, y el estiércol mezclado con la cama será gestionado conforme a lo establecido en el apartado - a - “Tratamiento y gestión del estiércol”.
4. P
ara el almacenamiento de las aguas de limpieza de la nave de engorde y lixiviados del
estercolero se construirá una fosa estanca. A estos efectos, la fosa deberá:
— Ser impermeable y cerrada para evitar infiltraciones o vertidos que pudieran contaminar
las aguas subterráneas o superficiales.