Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062744)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, cuya titular es Beatriz Domínguez Iglesias, en el término municipal de Caminomorisco.
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NÚMERO 165
41687
Lunes 26 de agosto de 2024
de cada año, una declaración anual de las mejores técnicas disponibles aplicadas en su explotación durante el año anterior, siempre que se hayan incorporado nuevas o modificado
las existentes, conforme a lo que establece el artículo 13 del Real Decreto 637/2021, en el
formato que determine la autoridad competente de la comunidad autónoma.
10. L
os requisitos relativos a la comunicación de las mejores técnicas disponibles que establece el apartado 3 del artículo 13 del Real Decreto 637/2021, así como los requisitos
relativos al registro y contabilización de emisiones y mejores técnicas disponibles que
establece el artículo 13, entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2022.
- i - Prescripciones finales
1. L
a AAU objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
n su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la DGS.
3. S
e dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición de
los agentes de la autoridad que lo requieran.
4. E
l incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá
de leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sancionable con multas de hasta
200.000 euros.
5. C
ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 12 de agosto de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO
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Lunes 26 de agosto de 2024
de cada año, una declaración anual de las mejores técnicas disponibles aplicadas en su explotación durante el año anterior, siempre que se hayan incorporado nuevas o modificado
las existentes, conforme a lo que establece el artículo 13 del Real Decreto 637/2021, en el
formato que determine la autoridad competente de la comunidad autónoma.
10. L
os requisitos relativos a la comunicación de las mejores técnicas disponibles que establece el apartado 3 del artículo 13 del Real Decreto 637/2021, así como los requisitos
relativos al registro y contabilización de emisiones y mejores técnicas disponibles que
establece el artículo 13, entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2022.
- i - Prescripciones finales
1. L
a AAU objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
n su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la DGS.
3. S
e dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición de
los agentes de la autoridad que lo requieran.
4. E
l incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá
de leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sancionable con multas de hasta
200.000 euros.
5. C
ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 12 de agosto de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO