Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062736)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Coria, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41565
los asesores especialistas del mismo en el desarrollo de las pruebas teóricas, físicas,
psicotécnicas y médicas, así como su gestión; tramitación de la propuesta de aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por
cada Ayuntamiento, de acuerdo a la puntuación y preferencia ordenada de las personas
solicitantes; apoyo al tribunal para la realización de las diferentes pruebas; tramitación
y abono de las dietas que le correspondan a las personas componentes del tribunal,
asesoras y de apoyo; las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos
administrativos que se presenten, así como la remisión del expediente y defensa ante
la jurisdicción contencioso-administrativa, cuando sea interpuesto recurso ante esta.
Cuarta. Compromiso del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento se compromete a:
a) Delegar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante acuerdo del Pleno que se adjunta al presente, las competencias descritas en
el apartado primero de la cláusula anterior para la selección, por oposición libre, del
empleo de policía local (Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1), conforme con las
vacantes de su plantilla de policía local que figuren en la Oferta de Empleo Público, ejercitándose dichas competencias delegadas a través de la Secretaria General de interior,
Emergencias y Protección Civil. Tal delegación debe incluir, en todo caso, la resolución
de los recursos administrativos que puedan interponerse contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de las competencias delegadas y comprenderá únicamente
las plazas de oposición libre objeto de cobertura a través del proceso unificado.
b) Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda el Acuerdo del Pleno aprobatorio de dicha delegación, así como el presente convenio tras su firma.
c) Aprobar su Oferta de Empleo Público anualmente y comunicar fehacientemente a la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil con competencia en materia de coordinación de policía local, en todo caso, como fecha límite antes del fin del
mes de enero de cada año, las plazas vacantes en el empleo de Policía Local objeto de
delegación, utilizando para ello el modelo de Anexo II aprobado en el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y
la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura por el que se implementa la
figura del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las
plantillas de Policía Local de Extremadura.
Viernes 23 de agosto de 2024
41565
los asesores especialistas del mismo en el desarrollo de las pruebas teóricas, físicas,
psicotécnicas y médicas, así como su gestión; tramitación de la propuesta de aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por
cada Ayuntamiento, de acuerdo a la puntuación y preferencia ordenada de las personas
solicitantes; apoyo al tribunal para la realización de las diferentes pruebas; tramitación
y abono de las dietas que le correspondan a las personas componentes del tribunal,
asesoras y de apoyo; las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos
administrativos que se presenten, así como la remisión del expediente y defensa ante
la jurisdicción contencioso-administrativa, cuando sea interpuesto recurso ante esta.
Cuarta. Compromiso del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento se compromete a:
a) Delegar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante acuerdo del Pleno que se adjunta al presente, las competencias descritas en
el apartado primero de la cláusula anterior para la selección, por oposición libre, del
empleo de policía local (Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1), conforme con las
vacantes de su plantilla de policía local que figuren en la Oferta de Empleo Público, ejercitándose dichas competencias delegadas a través de la Secretaria General de interior,
Emergencias y Protección Civil. Tal delegación debe incluir, en todo caso, la resolución
de los recursos administrativos que puedan interponerse contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de las competencias delegadas y comprenderá únicamente
las plazas de oposición libre objeto de cobertura a través del proceso unificado.
b) Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda el Acuerdo del Pleno aprobatorio de dicha delegación, así como el presente convenio tras su firma.
c) Aprobar su Oferta de Empleo Público anualmente y comunicar fehacientemente a la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil con competencia en materia de coordinación de policía local, en todo caso, como fecha límite antes del fin del
mes de enero de cada año, las plazas vacantes en el empleo de Policía Local objeto de
delegación, utilizando para ello el modelo de Anexo II aprobado en el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y
la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura por el que se implementa la
figura del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las
plantillas de Policía Local de Extremadura.