Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062741)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Los Corrales de Coria, SLU, en el término municipal de Cachorrilla.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41614
porcina justifica que dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles sólidos,
licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 32 m3, volumen que el complejo
porcino justifica mediante la construcción de una fosa hormigonada.
3. E
l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso
o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias
por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• La fosa tendrá las siguientes características constructivas:
– Se ejecutará en hormigón armado.
– I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.
– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberá
vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de la instalación,
arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de la misma.
4. L
a explotación porcina dispondrá de un estercolero ubicado en una zona protegida de los
vientos con una capacidad 626,3 m3. Esta infraestructura consistirá en una superficie estanca e impermeable, con sistema de recogida de lixiviados conectado a fosa de purines.
Se deberá cubrir el estercolero mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta
flexible (plástico), impidiendo de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto. El
estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
5. E
n la aplicación de los estiércoles sólidos y licuados como abono orgánico en superficies
agrícolas, se tendrán en cuenta las siguientes limitaciones:
La aplicación total de kilogramos de nitrógeno por hectárea y año (kg N/ha × año) será
inferior a 170 kg N/ha × año en regadío, y a 80 kg N/ha × año en cultivos de secano. Las
Viernes 23 de agosto de 2024
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porcina justifica que dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles sólidos,
licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 32 m3, volumen que el complejo
porcino justifica mediante la construcción de una fosa hormigonada.
3. E
l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso
o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias
por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• La fosa tendrá las siguientes características constructivas:
– Se ejecutará en hormigón armado.
– I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.
– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberá
vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de la instalación,
arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de la misma.
4. L
a explotación porcina dispondrá de un estercolero ubicado en una zona protegida de los
vientos con una capacidad 626,3 m3. Esta infraestructura consistirá en una superficie estanca e impermeable, con sistema de recogida de lixiviados conectado a fosa de purines.
Se deberá cubrir el estercolero mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta
flexible (plástico), impidiendo de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto. El
estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
5. E
n la aplicación de los estiércoles sólidos y licuados como abono orgánico en superficies
agrícolas, se tendrán en cuenta las siguientes limitaciones:
La aplicación total de kilogramos de nitrógeno por hectárea y año (kg N/ha × año) será
inferior a 170 kg N/ha × año en regadío, y a 80 kg N/ha × año en cultivos de secano. Las