Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062741)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Los Corrales de Coria, SLU, en el término municipal de Cachorrilla.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41618
• Almacenamiento del purín para fosas existentes.
–L
as fosas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
–S
i la fosa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y añadir
paja a la superficie para reducir las emisiones.
–S
e limitará al máximo la agitación del purín.
–A
demás, deberán adoptar, al menos, una de las siguientes técnicas en su explotación
para las fosas existentes:
a) Vaciado de las fosas de estiércoles de los alojamientos al menos dos veces a la
semana, con el objeto de reducir al menos un 30% las emisiones de gases contaminantes, respecto de la técnica de referencia.
b) Cubrir las balsas de estiércoles, en las zonas en que no se forme de manera espontánea costra que cubra totalmente la superficie, con técnicas que reduzcan
las emisiones de gases contaminantes al menos en un 40% con respecto a la
referencia de balsa sin costra
Cualquier otra técnica, descrita como mejor técnica disponible, que garantice
una reducción de emisiones de gases contaminantes equivalente a la alcanzada
mediante las técnicas descritas en los apartados a) o b), y que contribuya a minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero de la granja.
–E
n el caso de las fosas de nueva ejecución y para reducir las emisiones de amoniaco
a la atmósfera durante el almacenamiento exterior del purín, así como las emisiones
de gases de efecto invernadero, deberán adoptar técnicas que reduzcan, al menos,
un 80% las emisiones de amoniaco con respecto a la técnica de referencia (fosas
abiertas y sin costra natural).
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. E
l ganado porcino estará en todo momento en la nave de secuestro y cercas autorizadas.
La finca comprende la parcela 6 del polígono 9 y parcelas 2-8 del polígono 12 del término
municipal de Cachorrilla. Esta nave y cercas son las indicadas en el anexo I de la presente
resolución. Todas las instalaciones serán permanentes.
2. S
e realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental, el ratio de extensivo
que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen la densidad de 0,6 UGM/ha.
Viernes 23 de agosto de 2024
41618
• Almacenamiento del purín para fosas existentes.
–L
as fosas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
–S
i la fosa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y añadir
paja a la superficie para reducir las emisiones.
–S
e limitará al máximo la agitación del purín.
–A
demás, deberán adoptar, al menos, una de las siguientes técnicas en su explotación
para las fosas existentes:
a) Vaciado de las fosas de estiércoles de los alojamientos al menos dos veces a la
semana, con el objeto de reducir al menos un 30% las emisiones de gases contaminantes, respecto de la técnica de referencia.
b) Cubrir las balsas de estiércoles, en las zonas en que no se forme de manera espontánea costra que cubra totalmente la superficie, con técnicas que reduzcan
las emisiones de gases contaminantes al menos en un 40% con respecto a la
referencia de balsa sin costra
Cualquier otra técnica, descrita como mejor técnica disponible, que garantice
una reducción de emisiones de gases contaminantes equivalente a la alcanzada
mediante las técnicas descritas en los apartados a) o b), y que contribuya a minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero de la granja.
–E
n el caso de las fosas de nueva ejecución y para reducir las emisiones de amoniaco
a la atmósfera durante el almacenamiento exterior del purín, así como las emisiones
de gases de efecto invernadero, deberán adoptar técnicas que reduzcan, al menos,
un 80% las emisiones de amoniaco con respecto a la técnica de referencia (fosas
abiertas y sin costra natural).
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. E
l ganado porcino estará en todo momento en la nave de secuestro y cercas autorizadas.
La finca comprende la parcela 6 del polígono 9 y parcelas 2-8 del polígono 12 del término
municipal de Cachorrilla. Esta nave y cercas son las indicadas en el anexo I de la presente
resolución. Todas las instalaciones serán permanentes.
2. S
e realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental, el ratio de extensivo
que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen la densidad de 0,6 UGM/ha.