Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2024040156)
Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41540
Decimoprimero. Devolución voluntaria.
En los supuestos en que la persona o entidad beneficiaria proceda a una devolución voluntaria, ésta se realizará en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de Modelo 50, consignando
el n.º de código 144401 y remitiendo copia de este modelo a la Dirección General Trabajo.
Decimosegundo. Financiación.
El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de doscientos catorce mil
novecientos noventa euros (214.990,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria
14012.325A.770.00, proyecto de gasto 20001339 “mejora de las condiciones de trabajo en
empresas”, siendo la fuente de financiación autonómica.
Decimotercero. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos al día siguiente de su publicación junto con el extracto de la misma previsto en el artículo 20.8.a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y contra la
misma, que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 103.1.a)
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación conforme a lo establecido
en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente y en virtud de lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las bases reguladoras contenidas en la Orden de 22 de junio de 2022, por
la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la
seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital a adoptar las medidas necesarias dentro de sus competencias para el
cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, así como para el desarrollo y ejecución
del mismo y a modificar, en su caso, los anexos que acompañan al mismo.
Viernes 23 de agosto de 2024
41540
Decimoprimero. Devolución voluntaria.
En los supuestos en que la persona o entidad beneficiaria proceda a una devolución voluntaria, ésta se realizará en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de Modelo 50, consignando
el n.º de código 144401 y remitiendo copia de este modelo a la Dirección General Trabajo.
Decimosegundo. Financiación.
El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de doscientos catorce mil
novecientos noventa euros (214.990,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria
14012.325A.770.00, proyecto de gasto 20001339 “mejora de las condiciones de trabajo en
empresas”, siendo la fuente de financiación autonómica.
Decimotercero. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos al día siguiente de su publicación junto con el extracto de la misma previsto en el artículo 20.8.a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y contra la
misma, que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 103.1.a)
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación conforme a lo establecido
en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente y en virtud de lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las bases reguladoras contenidas en la Orden de 22 de junio de 2022, por
la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la
seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital a adoptar las medidas necesarias dentro de sus competencias para el
cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, así como para el desarrollo y ejecución
del mismo y a modificar, en su caso, los anexos que acompañan al mismo.