Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062718)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Instituto de Comercio de Proximidad de Extremadura 2024-2027.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024
41143
Entre ellas, como suscriptora del presente convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU, filial del Grupo Extremadura Avante SLU, que según el artículo 2 de sus estatutos sociales, tiene como objeto el servicio a los empresarios y al resto de agentes económicos
que contribuyan al desarrollo económico y social de Extremadura, y el acompañamiento a la
Junta de Extremadura para la ejecución de su política empresarial. En particular, apoyará a
la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que se generen para el impulso
del emprendimiento, el fomento de la comercialización e internacionalización de la economía
regional, la promoción de la innovación como herramienta de competitividad empresarial y
cualesquiera otras que sean necesarias para el apoyo y crecimiento del sector empresarial de
la región. La Sociedad propiciará la participación y colaboración con el conjunto de agentes
que, en Extremadura, están implicados en el desarrollo de la iniciativa emprendedora, creación de empleo, innovación e investigación científica y tecnológica, y fomento del comercio
tanto a nivel nacional como internacional de los agentes que operan en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 5.1 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Concentración Empresarial Pública
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de Extremadura Avante, SLU, entre los que se encuentran, conforme a la
letra i), las subvenciones y transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones.
Para poner en marcha estas actividades recogidas en el convenio de carácter plurianual para
el desarrollo del Instituto de Comercio de Proximidad de Extremadura 2024-2027, se considera fundamental la participación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
debido a:
— La cualificación de su personal técnico para el desarrollo de actuaciones de similares
características recogidas en el convenio con garantías de eficiencia y buenos resultados,
tanto del que pueda estar vinculado al mismo como el resto del personal del propio departamento específico de comercialización e internacionalización.
— La experiencia de la entidad en desarrollar y organizar programas de formación destinados a la especialización en la comercialización, en diferentes formatos, tanto gestionados con fondos europeos como con otro tipo de fondos.
— La entidad ha gestionado otro tipo de programas destinados al Comercio Minorista
de Extremadura, con lo que la visión previamente adquirida del equipo técnico para
conocer de primera mano las necesidades que pueden plantearse en el programa de
formación, así como el desarrollo de propuestas innovadoras, indicaciones de mejoras y
Martes 20 de agosto de 2024
41143
Entre ellas, como suscriptora del presente convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU, filial del Grupo Extremadura Avante SLU, que según el artículo 2 de sus estatutos sociales, tiene como objeto el servicio a los empresarios y al resto de agentes económicos
que contribuyan al desarrollo económico y social de Extremadura, y el acompañamiento a la
Junta de Extremadura para la ejecución de su política empresarial. En particular, apoyará a
la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que se generen para el impulso
del emprendimiento, el fomento de la comercialización e internacionalización de la economía
regional, la promoción de la innovación como herramienta de competitividad empresarial y
cualesquiera otras que sean necesarias para el apoyo y crecimiento del sector empresarial de
la región. La Sociedad propiciará la participación y colaboración con el conjunto de agentes
que, en Extremadura, están implicados en el desarrollo de la iniciativa emprendedora, creación de empleo, innovación e investigación científica y tecnológica, y fomento del comercio
tanto a nivel nacional como internacional de los agentes que operan en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 5.1 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Concentración Empresarial Pública
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de Extremadura Avante, SLU, entre los que se encuentran, conforme a la
letra i), las subvenciones y transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones.
Para poner en marcha estas actividades recogidas en el convenio de carácter plurianual para
el desarrollo del Instituto de Comercio de Proximidad de Extremadura 2024-2027, se considera fundamental la participación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
debido a:
— La cualificación de su personal técnico para el desarrollo de actuaciones de similares
características recogidas en el convenio con garantías de eficiencia y buenos resultados,
tanto del que pueda estar vinculado al mismo como el resto del personal del propio departamento específico de comercialización e internacionalización.
— La experiencia de la entidad en desarrollar y organizar programas de formación destinados a la especialización en la comercialización, en diferentes formatos, tanto gestionados con fondos europeos como con otro tipo de fondos.
— La entidad ha gestionado otro tipo de programas destinados al Comercio Minorista
de Extremadura, con lo que la visión previamente adquirida del equipo técnico para
conocer de primera mano las necesidades que pueden plantearse en el programa de
formación, así como el desarrollo de propuestas innovadoras, indicaciones de mejoras y