Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062720)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032_FEVAL, Gestión de Servicios, SLU: Evento Tecnológico" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024

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de las empresas nacionales o multinacionales participantes que puedan derivar en nuevas
oportunidades de negocio y de crecimiento para éstas. También se trata de crear puntos de
encuentro entre las empresas demandantes de soluciones tecnológicas y aquellas empresas
que ofrecen este tipo de soluciones. La ponencias y demos formales programadas sirven para
dar a conocer las tecnologías, pero no son adecuadas para que se celebren paralelamente
este otro tipo de encuentros. Por ello, el objetivo de este convenio es la financiación de eventos sociales que faciliten la interacción descrita entre los participantes.
En resumen, “POTENCIAL DIGITAL” se propone no solo como un evento para el intercambio
de conocimientos, sino también como una plataforma para efectuar un cambio tangible en la
infraestructura tecnológica y en la cultura empresarial de Extremadura, haciendo de la región
un modelo de innovación y desarrollo tecnológico sostenible.
Cuarto. En este sentido, procede mencionar que la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE núm.
26 de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 “Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital”, en el servicio 14007 “Dirección General de Digitalización Regional” y en el programa 332A “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”
contempla una transferencia específica a favor de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, para la
ejecución del proyecto 4032_FEVAL, GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU: EVENTO TECNOLÓGICO,
por importe de 25.000 euros para el ejercicio 2024.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias
específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto
de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la
realización de actuaciones concretas por las citadas entidades que forman parte del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que
no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, según el cual,
deberá formalizarse mediante un convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria
a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones
concretas a desarrollar; la forma de pago; el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas
que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las
consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o
compensación de las cantidades no justificadas.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes,