Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062720)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032_FEVAL, Gestión de Servicios, SLU: Evento Tecnológico" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024
41196
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de
la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, la promoción,
coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias
en materia de telecomunicaciones y conectividad y cohesión del territorio. En este sentido el
Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009,
de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de
Empleo, en su artículo 9, estable que corresponde a la Dirección General de Digitalización
Regional, “bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación
de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad sobre políticas digitales
corporativas y seguridad de la información, en el ámbito de las atribuciones que le confiere
el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación, coordinación y gobernanza de la
Estrategia de Transformación Digital de Extremadura así como las competencias en materia
de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del territorio…”.
Segundo. El presente convenio tiene por objeto formalizar una transferencia específica entre
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios,
SLU para apoyar la financiación del congreso “POTENCIAL DIGITAL: 1º CONGRESO EXTREMEÑO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y CIBERSEGURIDAD” en
el año 2024.
FEVAL-Gestión de Servicios, SLU es una mercantil que pertenece al consorcio “FEVAL-INSTITUCION FERIAL DE EXTREMADURA” y que según el artículo 2 de sus Estatutos, tiene como
objeto social, entre otros, los siguientes:
“C. Actividades y servicios del sector tecnológico:
1. G
estión del diseño, desarrollo, producción, integración, implantación, comercialización,
operación, mantenimiento e instalacl6n de software, sistemas, aplicaciones, soluciones y
productos relacionados con el sector tecnológico en general y, en especial, con las telecomunicaciones, la informática y la electrónica, se apliquen a cualquier campo, así como la
prestación de cualquier tipo de servicios relacionados con todo ello.
2. L
a prestación de servicios en los ámbitos de consultoría tecnológica, incluyendo la elaboración, participación y ejecución de toda clase de estudios y proyectos, incluidos los de
investigación, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades.
Martes 20 de agosto de 2024
41196
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de
la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, la promoción,
coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias
en materia de telecomunicaciones y conectividad y cohesión del territorio. En este sentido el
Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009,
de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de
Empleo, en su artículo 9, estable que corresponde a la Dirección General de Digitalización
Regional, “bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación
de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad sobre políticas digitales
corporativas y seguridad de la información, en el ámbito de las atribuciones que le confiere
el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación, coordinación y gobernanza de la
Estrategia de Transformación Digital de Extremadura así como las competencias en materia
de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del territorio…”.
Segundo. El presente convenio tiene por objeto formalizar una transferencia específica entre
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios,
SLU para apoyar la financiación del congreso “POTENCIAL DIGITAL: 1º CONGRESO EXTREMEÑO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y CIBERSEGURIDAD” en
el año 2024.
FEVAL-Gestión de Servicios, SLU es una mercantil que pertenece al consorcio “FEVAL-INSTITUCION FERIAL DE EXTREMADURA” y que según el artículo 2 de sus Estatutos, tiene como
objeto social, entre otros, los siguientes:
“C. Actividades y servicios del sector tecnológico:
1. G
estión del diseño, desarrollo, producción, integración, implantación, comercialización,
operación, mantenimiento e instalacl6n de software, sistemas, aplicaciones, soluciones y
productos relacionados con el sector tecnológico en general y, en especial, con las telecomunicaciones, la informática y la electrónica, se apliquen a cualquier campo, así como la
prestación de cualquier tipo de servicios relacionados con todo ello.
2. L
a prestación de servicios en los ámbitos de consultoría tecnológica, incluyendo la elaboración, participación y ejecución de toda clase de estudios y proyectos, incluidos los de
investigación, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades.