Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062721)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Arzobispado de Mérida-Badajoz para realizar las actuaciones recogidas en el proyecto de "Restauración de las cubiertas de la Catedral de Badajoz. Sector claustro y sacristía".
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 161
41224
Martes 20 de agosto de 2024
Los compromisos económicos que asumen cada una de las partes firmantes serán los
siguientes:
1. L
a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aportará a la financiación del convenio la cantidad de quinientos mil euros (500.000,00 €), correspondiente al 91,26 % de la
financiación total del convenio, con la siguiente distribución:
AÑO
IMPORTE
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
PROYECTO
FONDO
2024
491.330,30 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2025
8.669,70 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2. E
l Arzobispado aportará a la financiación del convenio la cantidad de cuarenta y siete mil
ochocientos ochenta y siete euros con cuarenta y ocho céntimos (47.887,48 €), correspondiente al 8,74 % de la financiación total del convenio con cargo a sus presupuestos.
Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación del
convenio.
En el caso de que se produjera un incremento en el importe de los costes no contemplado en
el convenio, dicho incremento será sufragado por el Arzobispado.
Cuarta. Pago y justificación.
1. P
ago.
El pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará al
Arzobispado de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de cuatrocientos noventa y un mil trecientos treinta euros
con treinta céntimos (491.330,30 €) de manera anticipada, una vez formalizado el convenio y previa acreditación por parte del Arzobispado de haber constituido una garantía
del 100% del mencionado importe anticipado (491.330,30 €), al no hallarse entre las
entidades exentas de constitución de garantías según lo dispuesto en la disposición
adicional cuarta de la Ley 5/2007 de 5 de abril, General de Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Esta garantía se depositará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura a nombre de la Consejería de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes y, se mantendrá hasta un mes después de finalizado el
periodo de vigencia del convenio recogida en la cláusula novena de este convenio, con
el fin de asegurar el pago anticipado, todo ello de conformidad con lo establecido en el
artículo 103 de la citada Ley.
41224
Martes 20 de agosto de 2024
Los compromisos económicos que asumen cada una de las partes firmantes serán los
siguientes:
1. L
a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aportará a la financiación del convenio la cantidad de quinientos mil euros (500.000,00 €), correspondiente al 91,26 % de la
financiación total del convenio, con la siguiente distribución:
AÑO
IMPORTE
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
PROYECTO
FONDO
2024
491.330,30 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2025
8.669,70 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2. E
l Arzobispado aportará a la financiación del convenio la cantidad de cuarenta y siete mil
ochocientos ochenta y siete euros con cuarenta y ocho céntimos (47.887,48 €), correspondiente al 8,74 % de la financiación total del convenio con cargo a sus presupuestos.
Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación del
convenio.
En el caso de que se produjera un incremento en el importe de los costes no contemplado en
el convenio, dicho incremento será sufragado por el Arzobispado.
Cuarta. Pago y justificación.
1. P
ago.
El pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará al
Arzobispado de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de cuatrocientos noventa y un mil trecientos treinta euros
con treinta céntimos (491.330,30 €) de manera anticipada, una vez formalizado el convenio y previa acreditación por parte del Arzobispado de haber constituido una garantía
del 100% del mencionado importe anticipado (491.330,30 €), al no hallarse entre las
entidades exentas de constitución de garantías según lo dispuesto en la disposición
adicional cuarta de la Ley 5/2007 de 5 de abril, General de Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Esta garantía se depositará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura a nombre de la Consejería de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes y, se mantendrá hasta un mes después de finalizado el
periodo de vigencia del convenio recogida en la cláusula novena de este convenio, con
el fin de asegurar el pago anticipado, todo ello de conformidad con lo establecido en el
artículo 103 de la citada Ley.