Ayuntamiento De Hornachos. Normas Subsidiarias. (2024081337)
Anuncio de 15 de julio de 2024 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 8 reubicación edificabilidad vivienda protegida de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024

41299

AYUNTAMIENTO DE HORNACHOS
ANUNCIO de 15 de julio de 2024 sobre aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 8 reubicación edificabilidad vivienda protegida de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal. (2024081337)
Dña. María Caleya Serrano, funcionaria de la administración local con habilitación de carácter
nacional, nombrada por la Diputación de Badajoz como Secretaria en comisión circunstancial
del Ayuntamiento de Hornachos (Artículo 55 del RD 128/2018, de 16 de marzo),
Certifico que en la sesión plenaria ordinaria celebrada el 11 de julio de 2024, se adoptó, habiéndose aprobado por mayoría absoluta, entre otros, el siguiente acuerdo, cuyo contenido
dispositivo literalmente se transcribe a continuación:
“3º. Exp. n.º 2023/1/S871 Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias reubicación
edificabilidad vivienda protegida. Acuerdos. […]
ACUERDOS:
“Segundo. Exp. n.º 2023/1/S871 Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias reubicación
edificabilidad vivienda protegida. Acuerdos.
A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación y
la doctrina expuestas, en base al Informe Jurídico emitido por el Secretario Interventor, de
fecha 06/11/2023 y conforme a lo establecido en los artículos 49.4.m) de la Ley 11/2018, de
21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 22.2.c)
y 47.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone la aprobación del siguiente,
DICTAMEN:
Primero. Aprobar definitivamente la “Modificación Puntual n.º 8. Reubicación edificabilidad
vivienda protegida” de las Normas Subsidiarias de Hornachos, consistente en el cambio de
ubicación o transferencia (régimen de afección a vivienda protegida) de la edificabilidad urbanística residencial destinada a la vivienda de protección pública de la parcela sita en Plaza
Cervantes n.º 22 y 21 de propiedad particular, a las parcelas situadas en c/ Muñoz Ribera 9 y
11 de propiedad municipal, en los mismos términos de su aprobación provisional.
Segundo. Depositar un ejemplar completo de la modificación de las Normas Subsidiarias en
el Registro Administrativo de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico, con anterioridad
a la publicación del acuerdo por el que se aprueba definitivamente dicha modificación y a los
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