Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2024081327)
Anuncio de 12 de agosto de 2024 por el que se publica la propuesta de resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024
41288
ANUNCIO de 12 de agosto de 2024 por el que se publica la propuesta de
resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización
de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad
Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la
UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria
para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21
de diciembre. (2024081327)
El Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante
Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de
recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021.
El citado decreto en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las notificaciones y comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar las mismas
mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
El artículo 13 del Decreto 142/2021, estipula que el procedimiento de concesión de las ayudas
se realizará en régimen de concurrencia competitiva conforme a los criterios de preferencia
contemplados en el artículo 7 y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. Una vez publicada en el portal Juntaex la puntuación
alcanzada, habiendo adquirido esta carácter de firmeza, y efectuada por la Comisión de Valoración la evaluación y priorización de las solicitudes, se comprueba que las necesidades para
atender todas las solicitudes con puntuación igual a 30 puntos son inferiores a la dotación de
la presente convocatoria, por tanto, para agilizar la tramitación, se procede a publicar la cuarta remesa de 20 propuestas de resolución provisional estimatoria compuestas por expedientes que, con una puntuación igual a 30 puntos, tienen prioridad por aplicación de los criterios
de desempate que contiene el artículo 7 del Decreto 142/2021. Próximamente se publicarán
el resto de las remesas, comenzando con los expedientes, con puntuación igual a 30 puntos,
que conforman la lista de reserva ordenados por criterios de desempate. Una vez se agoten
las disponibilidades presupuestarias se constituirá y publicará la lista de reserva.
En aplicación del artículo 21 el órgano instructor, a la vista de la preevaluación del expediente
y del informe vinculante correspondiente de la Comisión de Valoración, formula la propuesta
de resolución provisional que se notifica a los interesados para que, en un plazo de 10 días, a
contar desde el día siguiente a esta notificación, manifiesten su conformidad o disconformidad
con la misma, realizando las alegaciones que estimen pertinentes. En caso de no manifestarse
se entenderá su conformidad con la misma.
Martes 20 de agosto de 2024
41288
ANUNCIO de 12 de agosto de 2024 por el que se publica la propuesta de
resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización
de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad
Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la
UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria
para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21
de diciembre. (2024081327)
El Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante
Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de
recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021.
El citado decreto en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las notificaciones y comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar las mismas
mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
El artículo 13 del Decreto 142/2021, estipula que el procedimiento de concesión de las ayudas
se realizará en régimen de concurrencia competitiva conforme a los criterios de preferencia
contemplados en el artículo 7 y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. Una vez publicada en el portal Juntaex la puntuación
alcanzada, habiendo adquirido esta carácter de firmeza, y efectuada por la Comisión de Valoración la evaluación y priorización de las solicitudes, se comprueba que las necesidades para
atender todas las solicitudes con puntuación igual a 30 puntos son inferiores a la dotación de
la presente convocatoria, por tanto, para agilizar la tramitación, se procede a publicar la cuarta remesa de 20 propuestas de resolución provisional estimatoria compuestas por expedientes que, con una puntuación igual a 30 puntos, tienen prioridad por aplicación de los criterios
de desempate que contiene el artículo 7 del Decreto 142/2021. Próximamente se publicarán
el resto de las remesas, comenzando con los expedientes, con puntuación igual a 30 puntos,
que conforman la lista de reserva ordenados por criterios de desempate. Una vez se agoten
las disponibilidades presupuestarias se constituirá y publicará la lista de reserva.
En aplicación del artículo 21 el órgano instructor, a la vista de la preevaluación del expediente
y del informe vinculante correspondiente de la Comisión de Valoración, formula la propuesta
de resolución provisional que se notifica a los interesados para que, en un plazo de 10 días, a
contar desde el día siguiente a esta notificación, manifiesten su conformidad o disconformidad
con la misma, realizando las alegaciones que estimen pertinentes. En caso de no manifestarse
se entenderá su conformidad con la misma.