Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062719)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I).
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024
40920
234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la misma,
ejerce, entre otras, las competencias en materia de planificación y coordinación económica y
estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo
al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las
de sociedad de la información y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica.
A tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se
aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, bajo la superior dirección
de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones previstas en el artículo
59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio le corresponde la gestión de las competencias en materia de política económica, comercio exterior
e inversiones, comercio interior, promoción y defensa de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística.
Concretamente, y como dispone el apartado 6 del mismo artículo 3, en materia de comercio
exterior corresponde a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio el desempeño
de las siguientes funciones:
a) La representación institucional de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital en los estamentos relacionados con el comercio exterior.
b) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de
financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
c) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo
la formación de técnicos en comercio internacional.
d) La creación, sostenimiento y gestión de mecanismos destinados a contribuir a la internacionalización del tejido empresarial extremeño, mediante el apoyo al desarrollo de
sus estructuras comerciales para la exportación y el fomento de la inversión productiva
en el exterior, así como para la atracción de inversión directa exterior que pueda contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo extremeño.
Segundo. La Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, impulsó un proceso de coordinación de todas las
medidas de atención y apoyo a las empresas que realiza el sector público empresarial, con
Lunes 19 de agosto de 2024
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234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la misma,
ejerce, entre otras, las competencias en materia de planificación y coordinación económica y
estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo
al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las
de sociedad de la información y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica.
A tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se
aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, bajo la superior dirección
de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones previstas en el artículo
59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio le corresponde la gestión de las competencias en materia de política económica, comercio exterior
e inversiones, comercio interior, promoción y defensa de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística.
Concretamente, y como dispone el apartado 6 del mismo artículo 3, en materia de comercio
exterior corresponde a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio el desempeño
de las siguientes funciones:
a) La representación institucional de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital en los estamentos relacionados con el comercio exterior.
b) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de
financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
c) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo
la formación de técnicos en comercio internacional.
d) La creación, sostenimiento y gestión de mecanismos destinados a contribuir a la internacionalización del tejido empresarial extremeño, mediante el apoyo al desarrollo de
sus estructuras comerciales para la exportación y el fomento de la inversión productiva
en el exterior, así como para la atracción de inversión directa exterior que pueda contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo extremeño.
Segundo. La Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, impulsó un proceso de coordinación de todas las
medidas de atención y apoyo a las empresas que realiza el sector público empresarial, con