Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 160

40910

Lunes 19 de agosto de 2024

ANEXO IV
Criterios para reconocimiento del certificado R3.
Descripción de los criterios de evaluación:
1. P
 untuaciones científico-técnicas: 0-40 puntos.
1) A
 portaciones científico-técnicas. Se valorará la excelencia investigadora en el área temática a través de las aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento y la generación de ideas e hipótesis y resultados.
Se valorarán también las aportaciones de la persona solicitante a la sociedad tales
como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación; desarrollo de herramientas
(software) y/o datos en acceso abierto; actividades de divulgación, colaboración con la
industria y el sector privado, entidades, instituciones públicas y otros usuarios finales
de la investigación; la obtención de premios, menciones y distinciones científicas y tecnológicas y cualquier otra aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes
aspectos de la actividad investigadora desarrollada.
2. L
 iderazgo e independencia: 0-40 puntos.
Se valorará el liderazgo y el grado de independencia investigadora adquirida por la persona solicitante a lo largo de su trayectoria investigadora, reflejado en el liderazgo de sus
contribuciones científicas; la capacidad para liderar líneas y grupos de investigación; la
participación en proyectos de investigación como investigador/a principal; la captación de
recursos, incluida la financiación a través del liderazgo en acciones relacionadas con programas y proyectos nacionales y/o internacionales o los financiados por empresas y otras
entidades privadas; la dirección de tesis doctorales y cualquier otra experiencia científica
y profesional de relevancia.
3. I nternacionalización: 0-20 puntos.
3) I nternacionalización. Se valorará la internacionalización de la persona solicitante en
términos de la relevancia de las estancias en entidades internacionales, atendiendo al
prestigio de la entidad de recepción de la estancia, a las aportaciones de la persona
solicitante, a las líneas de trabajo del centro y grupo/s con los que ha trabajado; colaboraciones con grupos internacionales; participación en consorcios internacionales y
cualquier otra experiencia internacional de relevancia.
La puntuación máxima será de 100 puntos. Para que una solicitud obtenga la certificación
deberá alcanzar una puntuación total igual o superior a 80 puntos, así como una puntuación en el criterio 2 igual o superior a 30 puntos.