Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 160
40888
Lunes 19 de agosto de 2024
Disposición final segunda. Supletoriedad.
En todo aquello no regulado expresamente por el presente decreto, será de aplicación la Ley
10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura,
la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, la Ley de Presupuestos de la
Comunidad Autónoma de cada ejercicio, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura, las disposiciones legales estatales, con carácter supletorio y las disposiciones reglamentarias de igual o superior rango que se dicten con posterioridad.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura http://doe.juntaex.es.
Mérida, 4 de junio de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
40888
Lunes 19 de agosto de 2024
Disposición final segunda. Supletoriedad.
En todo aquello no regulado expresamente por el presente decreto, será de aplicación la Ley
10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura,
la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, la Ley de Presupuestos de la
Comunidad Autónoma de cada ejercicio, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura, las disposiciones legales estatales, con carácter supletorio y las disposiciones reglamentarias de igual o superior rango que se dicten con posterioridad.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura http://doe.juntaex.es.
Mérida, 4 de junio de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN