Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Aprovechamientos Forestales. (2024062697)
Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica el periodo establecido para la ejecución del descorche previsto en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los registros de cooperativas, empresas e industrias forestales y de montes protectores de Extremadura.
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NÚMERO 159
Viernes 16 de agosto de 2024

40831

CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
RESOLUCIÓN de 7 de agosto de 2024, de la Dirección General de Gestión
Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica el periodo establecido para la
ejecución del descorche previsto en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre,
por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los registros de
cooperativas, empresas e industrias forestales y de montes protectores de
Extremadura. (2024062697)
El Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, dispone en su anexo II “Declaraciones Responsables”, lo siguiente:
El periodo para realizar la saca del corcho será del 15 de mayo al 15 de agosto, ambas fechas
inclusive.
Igualmente, dicha disposición prevé que, por razones meteorológicas o a solicitud de personas titulares, la Dirección General competente en materia de aprovechamientos forestales podrá, mediante resolución motivada, suspender los descorches, adelantar la fecha de comienzo
o prorrogar la de finalización.
Según consulta realizada al Instituto del Corcho, la Madera y el Carbón Vegetal (IPROCOR) del
Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), la evolución
de las variables meteorológicas registradas en los últimos meses en Extremadura está siendo
favorable para realizar la saca del corcho, siempre que se cumpla el condicionado impuesto en
el anexo II del decreto, especialmente los puntos en los que se establece que, no se extraerá
el corcho que no se despegue bien y no se realizarán heridas a la capa madre, paralizando el
descorche en estos casos.
Teniendo en cuenta lo anterior y el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, que contempla la
posibilidad de prorrogar la fecha límite para la realización de la actividad citada anteriormente, es por lo que la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,
RESUELVE:
Prorrogar la fecha de finalización establecida para la ejecución de los trabajos de descorche
desde el 15 de agosto hasta el 1 de septiembre de 2024.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta