Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024062688)
Resolución de 6 de agosto de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Desvío de LSMT, de 20 kV, 4164-07- "Carretera Badajoz" de STR "Arroyo Luz", y LSBT-L02, de 400 V, del CT "Cañada 2" n.º 140104790, por obras de ampliación del centro de día y residencia de mayores "Santa Ana" en la calle Roso de Luna de Malpartida de Cáceres (Cáceres)". Expte.: AT-9608.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 158
Miércoles 14 de agosto de 2024

40658

— Tensión de servicio: 20 kV.
— Tipo de línea: Subterránea en simple circuito.
— Tipo de conductor: HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm².
— Emplazamiento: Terreno municipal en la calle Roso de Luna y calle La Cañada
Desvío de LSBT (L02) proyectada de 400 V del CT “Cañada 2”.
— LSBT-L2: Desde posición n.º 2 del CBT del CT “Cañada 2” n.º 140104790 que ocupa
actualmente la LSBT-L02 a desviar hasta empalmes a realizar en arqueta existente en
la Calle Roso de Luna, por donde discurre la LSBT L02 objeto de desvío.
— Longitud total conductor: 0,174 km.
— Tensión de servicio: 400 V.
— Tipo de conductor: XZ1 (S) 0,6/1 kV 3x240/150 Al.
— Tipo de línea: Subterránea en simple circuito.
— Emplazamiento: Terreno municipal en la calle Roso de Luna y calle La Cañada.
Otras actuaciones:
— Desmontaje del apoyo 1039 existente por nuevo A1 apoyo bajo la LAMT “Carretera
Badajoz”, así como el vano de LAMT entre este y el nuevo apoyo A1 a instalar en una
longitud de 0,021 km de conductor aéreo LA-56.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.