Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062673)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pavos, cuyo titular es José Luis Giraldo Merchán, en el término municipal de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 156
Lunes 12 de agosto de 2024

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6. A
 simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los
ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de los residuos
por un periodo de cinco años.
Vertidos:
7. E
 n relación con la vigilancia de la afección de las aguas, junto con la documentación a entregar en el certificado del acta de puesta en servicio, el titular de la instalación propondrá
y justificará la ubicación de pozos testigos que permitan estudiar la evolución de la calidad
de las aguas subterráneas y la no afección de éstas debido a fugas de lixiviados o de infiltraciones desde los sistemas de almacenamiento de aguas residuales y de estiércoles.
Se planteará, junto con la localización de los puntos de muestreo, la periodicidad de los
controles analíticos precisos para estudiar la evolución de la calidad de las aguas y la no
afección de éstas debido al ejercicio de la actividad.
8. E
 valuación del funcionamiento del sistema de almacenamiento de estiércoles y aguas de
limpieza de las naves, donde deberá registrarse y controlar:
— El nivel de llenado de las balsas.
— La existencia de fugas.
Mejores Técnicas Disponibles (MTDs):
9. E
 l titular de la explotación comunicará a la autoridad competente de la comunidad autónoma las Mejores Técnicas Disponibles, empleadas para la reducción de emisiones de gases
contaminantes y de gases de efecto invernadero durante el año anterior, con arreglo a los
plazos establecidos en el apartado 2.f) de la disposición final séptima del Real Decreto
637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de
las granjas avícolas. Posteriormente deberán presentar anualmente, antes del 1 de marzo
de cada año, una declaración anual de las mejores técnicas disponibles aplicadas en su explotación durante el año anterior, siempre que se hayan incorporado nuevas o modificado
las existentes, conforme a lo que establece el artículo 13 del Real Decreto 637/2021, en el
formato que determine la autoridad competente de la comunidad autónoma.
10. L
 os requisitos relativos a la comunicación de las mejores técnicas disponibles que establece el apartado 3 del artículo 13 del Real Decreto 637/2021, así como los requisitos
relativos al registro y contabilización de emisiones y mejores técnicas disponibles que
establece el artículo 13, entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2022.