Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062673)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pavos, cuyo titular es José Luis Giraldo Merchán, en el término municipal de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 156
Lunes 12 de agosto de 2024
40366
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el
proyecto de explotación avícola de cebo de pavos, cuyo titular es José Luis
Giraldo Merchán, en el término municipal de Fregenal de la Sierra. (2024062673)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 18 de diciembre de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación avícola de cebo de pavos en el término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz) y promovida por José Luis Giraldo Merchán, con NIF ***5490** con domicilio social c/
Doctor Arceo, n.º 10, CP 06340 de Fregenal de la Sierra.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación avícola de cebo de pavos
con capacidad de 18.750 pavos/ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En particular en la categoría 1.1.d del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 98 y 151 del polígono 51, del término municipal de
Fregenal de la Sierra, con una superficie de 2,5 ha. Las características esenciales del proyecto
se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 24 de marzo de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 67, de 8 de abril de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
fecha 26 de marzo de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Fregenal de la
Sierra, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.
Con fecha 17 de mayo de 2024 el técnico municipal del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
emite informe en el que concluye “... informo favorablemente respecto de la compatibilidad
Lunes 12 de agosto de 2024
40366
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el
proyecto de explotación avícola de cebo de pavos, cuyo titular es José Luis
Giraldo Merchán, en el término municipal de Fregenal de la Sierra. (2024062673)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 18 de diciembre de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación avícola de cebo de pavos en el término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz) y promovida por José Luis Giraldo Merchán, con NIF ***5490** con domicilio social c/
Doctor Arceo, n.º 10, CP 06340 de Fregenal de la Sierra.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación avícola de cebo de pavos
con capacidad de 18.750 pavos/ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En particular en la categoría 1.1.d del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 98 y 151 del polígono 51, del término municipal de
Fregenal de la Sierra, con una superficie de 2,5 ha. Las características esenciales del proyecto
se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 24 de marzo de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 67, de 8 de abril de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
fecha 26 de marzo de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Fregenal de la
Sierra, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.
Con fecha 17 de mayo de 2024 el técnico municipal del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
emite informe en el que concluye “... informo favorablemente respecto de la compatibilidad