Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062670)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre la modificación del proyecto de planta solar fotovoltaica "Extremadura III, incorporando baterías de almacenamiento 10 MW y modificación de la SET 30/220 kV Los Juncales", en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/1682.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 156
40265
Lunes 12 de agosto de 2024
Edificaciones existentes de
uso agrario
Superficie (m2)
N.º de
Altura (m)
Dist.
Linderos
Dist.
Caminos
Ocupada
Construida
Plantas
Cumbrera
Alero
(m)
(m)
Edificación ED n.º 1_Ext III
170
170
1
4
3
> 10
>5
Edificación ED n.º 2_Ext III
27
27
1
3
2,5
> 10
>5
Sup. total parcelas
Sup. vinculada
Superficie ocupada por la edificación
Ocupación
94,14 has
57,44 ha
1,31 ha
2,28%
La representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos
significativos a materializar sobre el terreno, y del área de suelo vinculada a la calificación
(letra g) quedan recogidos en el plano y tabla de coordenadas adjuntos.
Esta resolución deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 86.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente resolución no podrá ser objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto, en su caso, de autorización del
proyecto.
La presente resolución se emite a los solos efectos ambientales y en virtud de la legislación
específica vigente, sin perjuicio de aquellas otras autorizaciones sectoriales o licencias que
sean legalmente exigibles para la ejecución del proyecto.
Mérida, 18 de julio de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO
40265
Lunes 12 de agosto de 2024
Edificaciones existentes de
uso agrario
Superficie (m2)
N.º de
Altura (m)
Dist.
Linderos
Dist.
Caminos
Ocupada
Construida
Plantas
Cumbrera
Alero
(m)
(m)
Edificación ED n.º 1_Ext III
170
170
1
4
3
> 10
>5
Edificación ED n.º 2_Ext III
27
27
1
3
2,5
> 10
>5
Sup. total parcelas
Sup. vinculada
Superficie ocupada por la edificación
Ocupación
94,14 has
57,44 ha
1,31 ha
2,28%
La representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos
significativos a materializar sobre el terreno, y del área de suelo vinculada a la calificación
(letra g) quedan recogidos en el plano y tabla de coordenadas adjuntos.
Esta resolución deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 86.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente resolución no podrá ser objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto, en su caso, de autorización del
proyecto.
La presente resolución se emite a los solos efectos ambientales y en virtud de la legislación
específica vigente, sin perjuicio de aquellas otras autorizaciones sectoriales o licencias que
sean legalmente exigibles para la ejecución del proyecto.
Mérida, 18 de julio de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO