Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062685)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Villagonzalo para la creación de una escuela infantil.
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NÚMERO 155

40132

Viernes 9 de agosto de 2024

ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE
LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLAGONZALO PARA LA
CREACIÓN DE UNA ESCUELA INFANTIL
Mérida, 12 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña María Mercedes Vaquera Mosquero, que interviene en
nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cargo para la que fue nombrada por Decreto de la Presidenta 23/2023,
de 20 de julio, (DOE núm. 140, de 21 de julio), y en virtud de las facultades que tiene conferidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. José Luis Marín Barrero Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Villagonzalo, en virtud de lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio, y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha 30 de diciembre de 2016, la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Villagonzalo, suscribieron un Convenio para regular
la creación en dicha localidad de una Escuela Infantil de titularidad municipal, denominada
“Villagonzalo”, autorizada para impartir las enseñanzas del primer ciclo de Educación Infantil
y con código de centro 06012590.
La Escuela se encuentra ubicada en la calle Vista Alegre, s/n., de Villagonzalo y en concreto
fue autorizada una unidad mixta de 0-3 años con 10 puestos escolares.
Segundo. El apartado segundo de la cláusula primera del convenio suscrito, establece que el
centro queda obligado a solicitar la oportuna revisión, a través de su Ayuntamiento, cuando
tenga que modificarse el número de unidades autorizadas.
Tercero. De acuerdo con lo anterior, con fecha 16 de octubre de 2017, se suscribe adenda al
convenio suscrito para modificar la autorización administrativa por ampliación de una unidad
de primer ciclo de Educación Infantil pasando a tener autorizadas dos unidades mixtas de 0-3
años (20 puestos escolares).