Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062658)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de legalización del uso y actividad para alojamientos turísticos, cuyo promotor es José Luis Martín Díaz, en el término municipal de Casas del Castañar. Expte.: IA24/0436.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024
40065
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, no ha puesto de
manifiesto la existencia de flora protegida ni la existencia de hábitats naturales de
interés comunitario, y dadas las características del ámbito de aplicación del proyecto
se considera un impacto sobre dicho factor poco significativo.
— Paisaje.
La principal afección negativa que se producirá sobre el paisaje será la modificación
puntual de la morfología del área marcada por la actuación, especialmente la zona
donde se realizarán las obras. Asimismo, el paisaje está ya alterado por las construcciones existentes.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase operativa, los efectos sobre la calidad del aire y el ruido se producirán sobre todo vinculados al tránsito de personas y vehículos. Se considera que esta
afección será poco significativa, no obstante, se aplican medidas para evitarlo y/o
minimizarlo.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
No hay constancia de que exista afección sobre el patrimonio arqueológico conocido.
En todo caso, será de estricto cumplimiento la medida contemplada en el artículo 54
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, relativa a los hallazgos casuales.
— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos por el proyecto son la ocupación del suelo, no utilizándose
una superficie muy elevada, y el agua utilizada por los usuarios de las instalaciones,
considerándose que la afección ocasionada por el consumo de recurso hídrico será
poco significativa. El suministro eléctrico se realizará a través de la red existente en
la zona. El proyecto no contribuye al aumento significativo del cambio climático, ni
en la fase de construcción ni en la fase de explotación.
— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya
que se diversifica la actividad económica del entorno y el acceso a la misma.
— Sinergias.
Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que pudieran surgir sinergias de los
impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto, con otras
actividades desarrolladas en el entorno del mismo.
Jueves 8 de agosto de 2024
40065
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, no ha puesto de
manifiesto la existencia de flora protegida ni la existencia de hábitats naturales de
interés comunitario, y dadas las características del ámbito de aplicación del proyecto
se considera un impacto sobre dicho factor poco significativo.
— Paisaje.
La principal afección negativa que se producirá sobre el paisaje será la modificación
puntual de la morfología del área marcada por la actuación, especialmente la zona
donde se realizarán las obras. Asimismo, el paisaje está ya alterado por las construcciones existentes.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase operativa, los efectos sobre la calidad del aire y el ruido se producirán sobre todo vinculados al tránsito de personas y vehículos. Se considera que esta
afección será poco significativa, no obstante, se aplican medidas para evitarlo y/o
minimizarlo.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
No hay constancia de que exista afección sobre el patrimonio arqueológico conocido.
En todo caso, será de estricto cumplimiento la medida contemplada en el artículo 54
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, relativa a los hallazgos casuales.
— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos por el proyecto son la ocupación del suelo, no utilizándose
una superficie muy elevada, y el agua utilizada por los usuarios de las instalaciones,
considerándose que la afección ocasionada por el consumo de recurso hídrico será
poco significativa. El suministro eléctrico se realizará a través de la red existente en
la zona. El proyecto no contribuye al aumento significativo del cambio climático, ni
en la fase de construcción ni en la fase de explotación.
— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya
que se diversifica la actividad económica del entorno y el acceso a la misma.
— Sinergias.
Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que pudieran surgir sinergias de los
impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto, con otras
actividades desarrolladas en el entorno del mismo.