Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Bioseguridad. Subvenciones. (2024062683)
Extracto de la Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
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NÚMERO 154
40001
Jueves 8 de agosto de 2024
del 70% de la inversión y como mínimo del 40% de esta. La cuantía máxima de la
ayuda será de 70.000 euros por beneficiario.
— Para centros de nueva construcción la inversión subvencionable será como máximo
de 200.000€ por cada centro. La intensidad máxima de la subvención será del 70%
de la inversión y como mínimo del 40%. La cuantía máxima de la ayuda será de
140.000 euros por beneficiario.
2. Subvenciones a los operadores profesionales de categoría de productor de determinados materiales vegetales que realicen inversiones en instalaciones de protección frente
a insectos vectores: La inversión máxima subvencionable será de 120.000 euros por
cada instalación. Dicha cuantía podrá variar entre el 40% y el 70 % del importe solicitado para la inversión. El importe máximo de concesión por inversión a subsidiar será de
84.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se confeccionarán, firmarán electrónicamente y presentarán de forma especial
y exclusiva a través de la Plataforma Arado.
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
Los beneficiarios podrán obtener anticipo del 50% de los gastos subvencionables con acreditación en el depósito en la Caja General de Depósitos de aval bancario solidario.
Mérida, 26 de julio de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
40001
Jueves 8 de agosto de 2024
del 70% de la inversión y como mínimo del 40% de esta. La cuantía máxima de la
ayuda será de 70.000 euros por beneficiario.
— Para centros de nueva construcción la inversión subvencionable será como máximo
de 200.000€ por cada centro. La intensidad máxima de la subvención será del 70%
de la inversión y como mínimo del 40%. La cuantía máxima de la ayuda será de
140.000 euros por beneficiario.
2. Subvenciones a los operadores profesionales de categoría de productor de determinados materiales vegetales que realicen inversiones en instalaciones de protección frente
a insectos vectores: La inversión máxima subvencionable será de 120.000 euros por
cada instalación. Dicha cuantía podrá variar entre el 40% y el 70 % del importe solicitado para la inversión. El importe máximo de concesión por inversión a subsidiar será de
84.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se confeccionarán, firmarán electrónicamente y presentarán de forma especial
y exclusiva a través de la Plataforma Arado.
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
Los beneficiarios podrán obtener anticipo del 50% de los gastos subvencionables con acreditación en el depósito en la Caja General de Depósitos de aval bancario solidario.
Mérida, 26 de julio de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ