Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062636)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 del "Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el estudio del estado de conservación del Desmán Ibérico (Galemys pyrenaicus), Lobo Ibérico (Canis lupus signatus), Topillo Nival (Chionomys nivalis) y Topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), mediante el uso de herramientas de genética molecular como base de la gestión para la conservación de estas especies y su hábitat". Expediente: 2251999FR001.
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NÚMERO 153
39752
Miércoles 7 de agosto de 2024
Desglose económico:
1. R
ecursos materiales: equipos y
material inventariable
1.515,00
1.515,00
0,00
0,00
2. R
ecursos materiales: material
fungible
38.635,00
10.985,00
18.850,00
8.800,00
3. S
ervicios: mantenimiento/reparación de equipos/instalaciones
3.000,00
3.000,00
0,00
0,00
42.000,00
7.000,00
21.000,00
14.000,00
6.850,00
1.500,00
3.150,00
2.200,00
92.000,00
24.000,00
43.000,00
25.000,00
4. R
ecursos humanos
5. V
iajes y dietas
TOTAL
Cuarto. En la cláusula novena del convenio antes citado: Modificación, extinción y resolución,
se dispone: “El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las partes.
Se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir
en causa de resolución”.
Quinto. Que ambas instituciones están interesadas en continuar colaborando en el desarrollo
de las inversiones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022,
fondos FEADER (Europa invierte en las zonas rurales), Eje P.4 “Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura”. Medida 4.A “Restaurar,
preservar y mejorar la biodiversidad (incluido en las zonas Natura 2000 y en las zonas con
limitaciones naturales u otras limitaciones específicas), los sistemas agrarios de alto valor
natural, así como el estado de los paisajes europeos”. Submedida 7.1. “Elaboración, actualización de planes de protección y gestión de zonas de Red Natura 2000 y zonas de alto valor
natural”, conforme a la ficha de elegibilidad que se adjunta, en el marco de la normativa europea y nacional aplicable, en particular, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento Delegado (UE)
n.º 807/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, el Reglamento de ejecución (UE) n.º
808/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014 y el Reglamento Delegado (UE) 2015/1367
de la Comisión de 4 de junio de 2015.
En el ámbito de la cooperación, colaboración y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas, configurados en el artículo 54, en relación con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 46 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como
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Miércoles 7 de agosto de 2024
Desglose económico:
1. R
ecursos materiales: equipos y
material inventariable
1.515,00
1.515,00
0,00
0,00
2. R
ecursos materiales: material
fungible
38.635,00
10.985,00
18.850,00
8.800,00
3. S
ervicios: mantenimiento/reparación de equipos/instalaciones
3.000,00
3.000,00
0,00
0,00
42.000,00
7.000,00
21.000,00
14.000,00
6.850,00
1.500,00
3.150,00
2.200,00
92.000,00
24.000,00
43.000,00
25.000,00
4. R
ecursos humanos
5. V
iajes y dietas
TOTAL
Cuarto. En la cláusula novena del convenio antes citado: Modificación, extinción y resolución,
se dispone: “El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las partes.
Se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir
en causa de resolución”.
Quinto. Que ambas instituciones están interesadas en continuar colaborando en el desarrollo
de las inversiones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022,
fondos FEADER (Europa invierte en las zonas rurales), Eje P.4 “Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura”. Medida 4.A “Restaurar,
preservar y mejorar la biodiversidad (incluido en las zonas Natura 2000 y en las zonas con
limitaciones naturales u otras limitaciones específicas), los sistemas agrarios de alto valor
natural, así como el estado de los paisajes europeos”. Submedida 7.1. “Elaboración, actualización de planes de protección y gestión de zonas de Red Natura 2000 y zonas de alto valor
natural”, conforme a la ficha de elegibilidad que se adjunta, en el marco de la normativa europea y nacional aplicable, en particular, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento Delegado (UE)
n.º 807/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, el Reglamento de ejecución (UE) n.º
808/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014 y el Reglamento Delegado (UE) 2015/1367
de la Comisión de 4 de junio de 2015.
En el ámbito de la cooperación, colaboración y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas, configurados en el artículo 54, en relación con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 46 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como