Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062611)
Resolución de 28 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de fábrica de conservas vegetales de tomate, cuya promotora es Conservas El Cidacos, SA, en el término municipal de Coria. Expte.: IA23/1526.
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NÚMERO 152
Martes 6 de agosto de 2024



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3.2.1. D
 escripción del lugar.

El proyecto presentado se encuentra ubicado en la carretera de Coria a Casillas de Coria
número 2 y parcela 150 del polígono 21 del término municipal de Coria (Cáceres), referencias catastrales 001600600QE12G0001TZ y 10068A021001500000MG. Las coordenadas UTM ED50 huso 29 son X: 710.525 e Y: 4.428.480.


3.2.2. A
 lternativas de ubicación.

No se han planteado alternativas a la ubicación de la ampliación del proyecto debido a
que la actividad principal se venía ejerciendo en la ubicación original.
3.3. C
 aracterísticas del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad indica que el área de actuación no se encuentra incluida dentro de los
límites de la Red Natura 2000 ni en Espacios Naturales Protegidos.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El proyecto está ubicado en un suelo industrial consolidado del municipio de Coria y
describe toda su superficie hormigonada. Por tanto, la afección a la calidad de las aguas,
se prevé que no sea significativa. Por otro lado, se entiende que no existen obras que
puedan afectar a dominio público hidráulico o zona de policía. No obstante, con la adopción de las medidas preventivas oportunas, se asegurará una mínima afección, evitando
perjudicar a la calidad de las aguas. Además, para su funcionamiento la actividad deberá contar con Autorización Ambiental Integrada.
— Suelos.
La zona de ubicación del proyecto se encuentra en suelo industrial. Aplicando las correspondientes medidas preventivas (soleras hormigonadas e impermeabilizadas) no
debería haber una afección al suelo significativa.
— Fauna.
No se contempla la existencia de especies protegidas en la zona. Por tanto, la afección
a la fauna no es significativa.
— Vegetación.
En el área de implantación de la instalación no se encuentra ningún tipo de hábitat
natural de interés comunitario que requiera la designación de zonas de especial conser-