Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062629)
Resolución de 28 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Cáceres I", a realizar en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/1040.
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NÚMERO 152
Martes 6 de agosto de 2024

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Tercero. De la separata recibida no puede colegirse cómo va a realizarse la accesibilidad a
las instalaciones cuando se encuentren en fase de construcción o explotación. Si ello fuera
a realizarse desde algún punto de la carretera N-521, incluso siendo un acceso ya existente, deberá tenerse en cuenta tal circunstancia mediante la redacción de un estudio de
tráfico y capacidad que evalúe la idoneidad geométrica y estructural del hipotético acceso
(nuevo o existente), y las posibles obras de acondicionamiento a que hubiera que hacer
frente por la promotora, como parte del conjunto de operaciones a autorizar por esta Demarcación.
Cuarto. Finalmente se señala que sólo podrán realizarse las actuaciones solicitadas cuando
cuenten, en su caso, con autorización administrativa favorable por parte de esta Administración de Carreteras del Estado (en el caso de la línea de evacuación y, en su caso,
del acceso) o informe favorable (en el caso de la planta como tal), sin perjuicio de otras
competencias concurrentes, pues en caso contrario incurriría en infracción tipificada en la
Ley de Carreteras y en el Reglamento General de Carreteras, lo que podría conllevar la
incoación de los expedientes sancionadores a que pudiera haber lugar.
Hay que destacar que en el apartado 6 de la separata “MITMA” la promotora entiende que
con dicho documento se solicita ya dicha autorización administrativa, pero ello no puede
considerarse así en ningún caso, debiendo seguirse el procedimiento reglamentario para
inicial tal trámite.
Por tanto, el presente documento se emite a los efectos exclusivamente de que esa Consejería continúe con su expediente, pero no supone en ningún caso aprobación para la
construcción desde el punto de vista de las competencias exclusivas del Estado que tiene
encomendadas este Departamento, por lo que habrá de cumplirse lo indicado en el apartado cuarto (solicitud del interesado de la preceptiva autorización o informe por parte de
esta Administración), independientemente de la tramitación en ámbito autonómico.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA, y los informes emitidos para el proyecto de ISF “Cáceres I”, con toda la información hasta aquí recabada se
elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
La promotora ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación para
la instalación de la planta fotovoltaica con sus correspondientes líneas de evacuación hasta la futura “SE Elevadora 45/30 kV Cáceres I y II” , objeto de otro proyecto (expediente
IA22/1041), además de realizar un estudio para el diseño de la línea de evacuación, que
se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa propuesta en base a diversos criterios, entre los que está el ambiental.